Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061871)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción y demolición, cuya promotora es José Tijera e Hijos, SL, en el término municipal de Fuente de Cantos. Expte.: IA23/1063.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024

28067

• 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas y en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de
Ruidos y Vibraciones.


• Las instalaciones dispondrán de medidas de seguridad que impidan el libre acceso a
las mismas.



• Para todas las medidas en fase operativa relativas a emisiones a la atmosfera, residuos, vertidos, contaminación lumínica y contaminación acústica, se atenderá a lo
establecido en el condicionado de la autorización ambiental unificada.

d. M
 edidas complementarias.


• Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad
y sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.



• Para las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el vertido de aguas residuales, se deberá contar con la correspondiente autorización administrativa de la Confederación Hidrográfica competente conforme a las disposiciones
vigentes.



• Las afecciones, si las hubiera, sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, montes de utilidad pública, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes deberán contar con los permisos de ocupación y autorizaciones pertinentes,
garantizándose su adecuado funcionamiento y estado durante toda la duración de la
actividad. Se deberá mantener una distancia de seguridad suficiente con los cauces,
los caminos y las infraestructuras existentes.

e. Medidas de integración paisajística.


• Se realizarán plantaciones en aquellas zonas donde la densidad de arbolado es menor,
implantando especies arbóreas y/o arbustivas autóctonas a fin de minimizar el impacto paisajístico.



• Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero
certificado.



• Se asegurará el éxito de la plantación, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán
los oportunos riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.