Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061870)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta para la fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Javier Águedo Conejo, en el término municipal de Higuera de Vargas.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024
28033
agosto de 2022, que emita informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada,
a todos aquellos aspectos que sean de su competencia. El Ayuntamiento remite informe de
compatibilidad medioambiental firmado por técnico de medio ambiente de la oficina técnica
de medio ambiente adscrita a la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza en el que
se concluye “se informa que la compatibilidad medioambiental del proyecto con la normativa
resulta favorable, condicionado al pronunciamiento favorable de todos aquellos organismos
cuyas competencias resulten afectadas”. Al mismo tiempo el Ayuntamiento remite informe de
Arquitecto Técnico de la Oficina Técnica Urbanística adscrita a la Mancomunidad Integral de la
Comarca de Olivenza en el que se concluye “se informa que la compatibilidad urbanística del
proyecto con el planeamiento urbanístico resulta favorable respecto al uso”.
Sexto. La instalación de fabricación de carbón vegetal promovida por Javier Águedo Conejo,
en el término municipal de Higuera de Vargas (Badajoz) ya no se encuentra comprendida en
el anexo VI de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo relativo a evaluación ambiental de proyectos, tras la reforma
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre.
Séptimo. Con fecha 5 de julio de 2023, se solicitan informe de afección a la Red Natura 2000
y sobre la Biodiversidad, del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas,
a la Confederación Hidrográfica del Guadiana a la Dirección General de Política Forestal, y al
Servicio de Infraestructuras del Medio Rural. Se reciben informes del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, de Confederación Hidrográfica del Guadiana y del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas el 10 de julio, 2 de agosto y 20 de septiembre de
2023, respectivamente, siendo incorporadas a la presente propuesta las medidas preventivas,
correctoras y complementarias citadas en los mismos.
Octavo. Una vez evaluada la solicitud de autorización ambiental unificada para la actividad
referida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se informa la
implantación y desarrollo de la actividad pretendida, previamente al trámite de audiencia a
los interesados.
Noveno. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las alegaciones
u observaciones recabadas, así como los posibles efectos sinérgicos de la puesta en marcha
y funcionamiento de la instalación con otras que pudieran existir en su entorno, elaboró propuesta de resolución, y fue notificada, con fecha 15 de abril de 2024 a Javier Águedo Conejo
y al Ayuntamiento de Higuera de Vargas, respectivamente para que, en un plazo máximo de
diez días, manifestasen lo que tuvieran por conveniente respecto a su contenido.
Miércoles 5 de junio de 2024
28033
agosto de 2022, que emita informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada,
a todos aquellos aspectos que sean de su competencia. El Ayuntamiento remite informe de
compatibilidad medioambiental firmado por técnico de medio ambiente de la oficina técnica
de medio ambiente adscrita a la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza en el que
se concluye “se informa que la compatibilidad medioambiental del proyecto con la normativa
resulta favorable, condicionado al pronunciamiento favorable de todos aquellos organismos
cuyas competencias resulten afectadas”. Al mismo tiempo el Ayuntamiento remite informe de
Arquitecto Técnico de la Oficina Técnica Urbanística adscrita a la Mancomunidad Integral de la
Comarca de Olivenza en el que se concluye “se informa que la compatibilidad urbanística del
proyecto con el planeamiento urbanístico resulta favorable respecto al uso”.
Sexto. La instalación de fabricación de carbón vegetal promovida por Javier Águedo Conejo,
en el término municipal de Higuera de Vargas (Badajoz) ya no se encuentra comprendida en
el anexo VI de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo relativo a evaluación ambiental de proyectos, tras la reforma
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre.
Séptimo. Con fecha 5 de julio de 2023, se solicitan informe de afección a la Red Natura 2000
y sobre la Biodiversidad, del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas,
a la Confederación Hidrográfica del Guadiana a la Dirección General de Política Forestal, y al
Servicio de Infraestructuras del Medio Rural. Se reciben informes del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, de Confederación Hidrográfica del Guadiana y del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas el 10 de julio, 2 de agosto y 20 de septiembre de
2023, respectivamente, siendo incorporadas a la presente propuesta las medidas preventivas,
correctoras y complementarias citadas en los mismos.
Octavo. Una vez evaluada la solicitud de autorización ambiental unificada para la actividad
referida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se informa la
implantación y desarrollo de la actividad pretendida, previamente al trámite de audiencia a
los interesados.
Noveno. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las alegaciones
u observaciones recabadas, así como los posibles efectos sinérgicos de la puesta en marcha
y funcionamiento de la instalación con otras que pudieran existir en su entorno, elaboró propuesta de resolución, y fue notificada, con fecha 15 de abril de 2024 a Javier Águedo Conejo
y al Ayuntamiento de Higuera de Vargas, respectivamente para que, en un plazo máximo de
diez días, manifestasen lo que tuvieran por conveniente respecto a su contenido.