Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061847)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, el Excmo. Ayuntamiento de Don Benito y FEVAL-Institución Ferial de Extremadura para la gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Don Benito durante el período 2024 y 2025.
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NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024

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por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura ejercer las competencias
“en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones
y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las
competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información
y telecomunicaciones”.
Y corresponde a la Dirección General de Empresa, conforme al Decreto 234/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que
se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, le compete “el ejercicio
de las competencias en materia de política empresarial, promoción, fomento y modernización
de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de autónomos y emprendedores”.
Segundo. El Ayuntamiento de Don Benito, dentro del ámbito de competencias que el artículo
25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local atribuye a
los municipios para la gestión de sus intereses, “puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”, estableciendo el artículo 57.1 de la misma Ley que “la cooperación económica,
técnica y administrativa entre la Administración local y las Administraciones del Estado y de
las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se
desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes,
pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o los convenios administrativos
que suscriban”.
Tercero. Por su parte, FEVAL-Institución Ferial de Extremadura nace con el deseo, entre
otros fines, según el artículo 4.I, 7) de sus Estatutos de “potenciar la innovación en las empresas radicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, al objeto de incrementar su
competitividad, crear riqueza y empleo y mejorar las condiciones de trabajo de las mismas,
con especial atención a las pequeñas y medianas empresas” y asimismo, de promover la
“captación, diseño, gestión y ejecución de proyectos y programas de investigación, desarrollo
tecnológico e innovación relacionados con las TIC y la realización de acciones formativas en
materias relacionadas con las TIC”; para lo cual, conforme disponen sus Estatutos (artículo
4.1) FEVAL-Institución Ferial de Extremadura, “podrá formalizar convenios, conciertos y contratos de colaboración con otras instituciones públicas y privadas”.
Cuarto. Que entre las actuaciones a desarrollar por la Consejería, de Economía, Empleo y
Transformación Digital a través de su Dirección General de Empresa, se encuentra la gestión
de una Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial, que se configura en una serie de espacios físicos situados en emplazamientos estratégicos de la región, como la localidad de Don