Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061847)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, el Excmo. Ayuntamiento de Don Benito y FEVAL-Institución Ferial de Extremadura para la gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Don Benito durante el período 2024 y 2025.
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NÚMERO 107
27686
Martes 4 de junio de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN
DIGITAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DON
BENITO Y FEVAL-INSTITUCIÓN FERIAL DE EXTREMADURA PARA LA GESTIÓN
CONJUNTA DEL PUNTO DE ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL DE DON BENITO
DURANTE EL PERÍODO 2024 Y 2025
10 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto
93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), y por delegación de firma según
Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias (DOE núm. 157, de 16 de agosto), para el ejercicio
de las competencias que le atribuye los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
De otra parte, D.ª María Fernanda Sánchez, en calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excmo.
Ayuntamiento de Don Benito, nombrada en Acuerdo Plenario de constitución Municipal de
fecha 17 de junio de 2023.
Y, D. Facundo Mera Arias, en calidad de Director General de FEVAL-Institución Ferial de Extremadura, con NIF G06038897 en virtud de nombramiento dispuesto por Decreto 253/2023, de
19 de septiembre, (DOE núm.183, de 22 de septiembre de 2023), y en ejercicio de las facultades contenidas en el artículo 31 de los Estatutos vigentes de dicha Entidad, según consta
tras su modificación en escritura pública de 15 de febrero de 2021.
Las partes intervinientes se reconocen mutuamente competencia y capacidad jurídica necesaria para formalizar el presente convenio y quedar obligadas en la representación en que
efectivamente intervienen,
MANIFIESTAN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.7 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia
exclusiva en “fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro
de los objetivos de la política económica nacional”.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital es el órgano administrativo de la
Junta de Extremadura al que le corresponde, en virtud del Decreto 16/2023, de 20 de julio,
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Martes 4 de junio de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN
DIGITAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DON
BENITO Y FEVAL-INSTITUCIÓN FERIAL DE EXTREMADURA PARA LA GESTIÓN
CONJUNTA DEL PUNTO DE ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL DE DON BENITO
DURANTE EL PERÍODO 2024 Y 2025
10 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto
93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), y por delegación de firma según
Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias (DOE núm. 157, de 16 de agosto), para el ejercicio
de las competencias que le atribuye los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
De otra parte, D.ª María Fernanda Sánchez, en calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excmo.
Ayuntamiento de Don Benito, nombrada en Acuerdo Plenario de constitución Municipal de
fecha 17 de junio de 2023.
Y, D. Facundo Mera Arias, en calidad de Director General de FEVAL-Institución Ferial de Extremadura, con NIF G06038897 en virtud de nombramiento dispuesto por Decreto 253/2023, de
19 de septiembre, (DOE núm.183, de 22 de septiembre de 2023), y en ejercicio de las facultades contenidas en el artículo 31 de los Estatutos vigentes de dicha Entidad, según consta
tras su modificación en escritura pública de 15 de febrero de 2021.
Las partes intervinientes se reconocen mutuamente competencia y capacidad jurídica necesaria para formalizar el presente convenio y quedar obligadas en la representación en que
efectivamente intervienen,
MANIFIESTAN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.7 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia
exclusiva en “fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro
de los objetivos de la política económica nacional”.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital es el órgano administrativo de la
Junta de Extremadura al que le corresponde, en virtud del Decreto 16/2023, de 20 de julio,