Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061806)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Captación de aguas subterráneas para abastecimiento de Riomalo de Arriba (Ladrillar)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Ladrillar. Expte.: IA23/1030.
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NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024
27782
3.2. C
aracterísticas del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La actividad solicitada se encuentra dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura (Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura); concretamente en: Red Natura 2000, Zona de Especial Protección para las Aves: ZEPA “Hurdes” (ES0000355) y Zona de Especial Conservación: ZEC “Las Hurdes” (ES4320011).
El/los Instrumento/s de Gestión de aplicación son: Plan Director de Red Natura 2000
(anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica
Europea Natura 2000 en Extremadura) y el Plan de Gestión n.º 72 (anexo V del Decreto
110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000
en Extremadura) con ámbito de aplicación a la ZEPA “Hurdes”-ZEC “Las Hurdes” y ZEC
“Sierras de Risco Viejo”.
Según la zonificación establecida en los Planes de Gestión, el proyecto atravesaría: Zona
de Interés. La zonificación de los Planes de Gestión de la Red Natura 2000 está disponible para su consulta pública en el visor IDEEX (http://www.ideex.es/IDEEXVisor/).
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Aguas superficiales.
En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la zona de
actuación se encuentra próxima al río Ladrillar y al arroyo Tierras Grandes.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo a
dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía, según lo dispuesto
en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA), así como en el Real Decreto 849/1986,
de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en
adelante RDPH):
Martes 4 de junio de 2024
27782
3.2. C
aracterísticas del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La actividad solicitada se encuentra dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura (Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura); concretamente en: Red Natura 2000, Zona de Especial Protección para las Aves: ZEPA “Hurdes” (ES0000355) y Zona de Especial Conservación: ZEC “Las Hurdes” (ES4320011).
El/los Instrumento/s de Gestión de aplicación son: Plan Director de Red Natura 2000
(anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica
Europea Natura 2000 en Extremadura) y el Plan de Gestión n.º 72 (anexo V del Decreto
110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000
en Extremadura) con ámbito de aplicación a la ZEPA “Hurdes”-ZEC “Las Hurdes” y ZEC
“Sierras de Risco Viejo”.
Según la zonificación establecida en los Planes de Gestión, el proyecto atravesaría: Zona
de Interés. La zonificación de los Planes de Gestión de la Red Natura 2000 está disponible para su consulta pública en el visor IDEEX (http://www.ideex.es/IDEEXVisor/).
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Aguas superficiales.
En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la zona de
actuación se encuentra próxima al río Ladrillar y al arroyo Tierras Grandes.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo a
dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía, según lo dispuesto
en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA), así como en el Real Decreto 849/1986,
de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en
adelante RDPH):