Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061817)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de alojamiento turístico, cuyos promotores son José Antonio Parada Nieto y M.ª Francisca Fernández Rodríguez, en el término municipal de Solana de los Barros. Expte.: IA23/563.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024
27749
turístico tenga huéspedes, se considera que la afección ocasionada por el consumo de
recurso hídrico será poco significativa. El proyecto no contribuye al aumento significativo del cambio climático, ni en la fase de construcción ni en la fase de explotación.
— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya que
se diversifica la actividad económica del entorno. Indirectamente, al aumentar la oferta
de actividades y alojamiento en la comarca, aumenta el número de potenciales visitantes a la misma favoreciendo la actividad turística y el comercio de la zona.
— Sinergias.
Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que pudieran surgir sinergias de los
impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto, con otras actividades desarrolladas en el entorno del mismo.
— Vulnerabilidad del proyecto.
Los promotores incluyen el apartado “Evaluación de la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipulado
en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, indicando que la actividad no corresponde a una
actividad industrial, energética, ni implica uso ni almacenamiento de materiales combustibles ni peligrosos determinadas en el ámbito del Real Decreto 840/2015, de 21 de
septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los
accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Asimismo, concluye:
• Riesgo de incendio. No existe riesgo de incendio en la zona.
• Riesgos de vertidos o emisiones peligrosas a la atmósfera. Se descarta este riesgo en
la fase de funcionamiento de la actividad.
• Riesgos sísmicos. De acuerdo con la Norma de Construcción Sismorresistente, Solana
de los Barros está situada, en cuanto a peligrosidad sísmica, en una zona de aceleración sísmica básica (ab) de 0,04 g. El edificio debe cumplir la normativa específica.
• Riesgo de inundaciones. La parcela no se encuentra en zonas con riesgos potenciales
de inundación identificados, no encontrándose en zona con riesgo de inundación potencial (llanuras de inundación) ni en zonas ni en zonas con probabilidad de inundación marina o fluvial (MAPAMA).
Martes 4 de junio de 2024
27749
turístico tenga huéspedes, se considera que la afección ocasionada por el consumo de
recurso hídrico será poco significativa. El proyecto no contribuye al aumento significativo del cambio climático, ni en la fase de construcción ni en la fase de explotación.
— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya que
se diversifica la actividad económica del entorno. Indirectamente, al aumentar la oferta
de actividades y alojamiento en la comarca, aumenta el número de potenciales visitantes a la misma favoreciendo la actividad turística y el comercio de la zona.
— Sinergias.
Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que pudieran surgir sinergias de los
impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto, con otras actividades desarrolladas en el entorno del mismo.
— Vulnerabilidad del proyecto.
Los promotores incluyen el apartado “Evaluación de la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipulado
en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, indicando que la actividad no corresponde a una
actividad industrial, energética, ni implica uso ni almacenamiento de materiales combustibles ni peligrosos determinadas en el ámbito del Real Decreto 840/2015, de 21 de
septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los
accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Asimismo, concluye:
• Riesgo de incendio. No existe riesgo de incendio en la zona.
• Riesgos de vertidos o emisiones peligrosas a la atmósfera. Se descarta este riesgo en
la fase de funcionamiento de la actividad.
• Riesgos sísmicos. De acuerdo con la Norma de Construcción Sismorresistente, Solana
de los Barros está situada, en cuanto a peligrosidad sísmica, en una zona de aceleración sísmica básica (ab) de 0,04 g. El edificio debe cumplir la normativa específica.
• Riesgo de inundaciones. La parcela no se encuentra en zonas con riesgos potenciales
de inundación identificados, no encontrándose en zona con riesgo de inundación potencial (llanuras de inundación) ni en zonas ni en zonas con probabilidad de inundación marina o fluvial (MAPAMA).