Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2024040077)
Decreto 46/2024, de 28 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 107

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Martes 4 de junio de 2024

g) Para las instalaciones de almacenamiento, información de las condiciones de garantía de las baterías
de acuerdo con lo indicado en el apartado AI.1.B del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. Las
instalaciones de almacenamiento deberán contar con una garantía mínima de 5 años.
h) Para el programa de incentivos 6:
i. En el caso de bombas de calor (aerotermia, hidrotermia, geotermia), a efectos de verificar lo previsto en
el apartado AI.1.E del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, deberá conservar las especificaciones
técnicas del fabricante del equipo para acreditará el valor del SPF.
ii. Para las solicitudes de tipología de biomasa de potencia menor de 1 MW, en caso de que los equipos
finalmente instalados no sean los mismos que se hicieron constar en la solicitud o no lo hicieron constar
por tratarse de una entidad pública sujeta a la obligación de realizar una licitación para la ejecución de los
proyectos, deberá conservar, para el equipo definitivamente instalado, una acreditación por parte del
fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones
para el combustible que se vaya a utilizar, que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el
Reglamento de Ecodiseño en vigor (según corresponda, Reglamento (UE) 2015/1185 de la Comisión o
Reglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión).

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