Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2024040077)
Decreto 46/2024, de 28 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 107

27625

Martes 4 de junio de 2024

☐ Certificado final de obra suscrito por el director de obra y director de ejecución de la obra, en caso de que sea preceptivo.

☐ Proyecto o memoria técnica de diseño (según proceda para la tipología de actuación) que se haya aportado al órgano competente de la
comunidad autónoma, esta documentación se presentará en caso de haber manifestado el beneficiario su oposición a recabarla por el órgano
gestor la recabe de oficio.
☐ Autorización de explotación o acta de puesta en servicio, cuando sea preceptiva, y/o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE). Esta
documentación se presentará en caso de haber manifestado el beneficiario su oposición a recabarla por el órgano gestor la recabe de oficio.
☐ Informe de justificación de alcance del 80% de la energía generada sobre la consumida, cuanto proceda

☐ Certificado de la instalación térmica, esta documentación se presentará en caso de haber manifestado el beneficiario su oposición a recabarla
por el órgano gestor la recabe de oficio, según proceda.
☐ Acreditación del cumplimiento de requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones, según proceda.

☐ Documentación/declaración origen componente de los componentes y sus características, el impacto del proyecto y el principio de no causar
daño significativo, según proceda
☐ En caso de Autoconsumo Colectivo o llevarse a cabo en un edificio plurifamiliar, aportar alguno de los siguientes documentos:
☐ Acuerdo firmado por todos los participantes que recoja los criterios de reparto.
☐ Acuerdo de la comunidad de propietarios.

☐ Justificación de su inclusión en el registro administrativo de autoconsumo que indique este tipo de autoconsumo
☐ Acreditación valor SPF para bombas de calor (aerotermia, hidrotermia, geotermia), según proceda.

☐ Documentación justificativa cumplimento obligaciones para desmantelamiento de amianto, según proceda.

☐ En todo caso, cuando el importe del coste subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación pública aplicable
para el contrato menor, copia de las tres ofertas de diferentes proveedores, de conformidad con lo establecido por dicho precepto, y aportar
una memoria que justifique razonablemente la elección del proveedor cuando la misma no haya recaído en la oferta económica más
ventajosa.
☐ Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas, esta
documentación no será necesaria aportarla cuando los beneficiarios sean personas físicas.
☐ Copia de las facturas y justificación del pago de las mismas, según proceda.
☐ Otros:

III. Documentación para la justificación de la ejecución y pago de la actuación subvencionada mediante MÓDULOS:

Solo en el caso de actuaciones incluidas en los programas 4, 5 y 6, para proyectos con un incentivo concedido inferior a 50.000 euros, y siempre
que los beneficiarios sean personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
☐ La documentación general establecida en el punto I, y además:
☐ Memoria justificativa económica y de actuación.
☐ Informe Técnico Abreviado:

☐ Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las
administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
☐ Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya
existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
☐ Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

No obstante, se informa que de conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 4/2022,
de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, la siguiente
documentación ya ha sido presentada:
Fecha de presentación

Órgano o dependencia

Importe total de la inversión realizada (IVA no incluido):



Documentación