Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2024040077)
Decreto 46/2024, de 28 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 107

27618

Martes 4 de junio de 2024

% Ayuda
% Ayuda
% Ayuda
gran empresa
mediana empresa pequeña empresa
(aplicable
(aplicable
(aplicable
sobre coste
sobre coste
sobre coste
subvencionable
subvencionable
subvencionable
total de
total de
total de
almacenamiento) almacenamiento) almacenamiento)

Actuaciones de
almacenamiento

Coste
subvencionable
unitario
máximo de
almacenamiento
(Csuma, €/kWh)

Incorporación de almacenamiento a instalaciones de
energía renovable para autoconsumo existentes en el
sector servicios y otros sectores productivos (100 kWh
< P ≤ 5.000 kWh).

455

30 %

40 %

50 %

Incorporación de almacenamiento a instalaciones de
energía renovable para autoconsumo existentes en el
sector servicios y otros sectores productivos (10 kWh <
P ≤ 100 kWh).

650

30 %

40 %

50 %

Incorporación de almacenamiento a instalaciones
de energía renovable para
autoconsumo existentes en
el sector servicios y otros
sectores productivos (P ≤ 10
kWh).

910

30 %

40 %

50 %

Diez. Se modifica el “Anexo VI Solicitud de liquidación y pago”, que se reproduce en el anexo
único del presente decreto.
Once. Se modifica el “Anexo VII: Declaración responsable del cumplimiento del principio de
“no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales”” que se reproduce en
el anexo único del presente decreto.
Doce. Se modifica el “Anexo VIII: Declaración responsable del cumplimiento del principio de
“no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (específica para instalaciones de biomasa)”, que se reproduce en el anexo único del presente decreto.
Trece. Se añade el “Anexo XIII Documentación a conservar por las personas y entidades beneficiarias”, que se reproduce en el anexo único del presente decreto.