Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061814)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica recogida en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a favor de GEBIDEXSA, SAU, para la gestión de la manutención y pernocta de las visitas al Centro de Educación Ambiental de Cuacos de Yuste durante la anualidad 2024.
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NÚMERO 105
Viernes 31 de mayo de 2024

27316

e) C
 umplir lo establecido en las disposiciones en materia de protección de datos y, especialmente, lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de datos Personales y garantía de los derechos digitales. “BOE” núm. 294, de 6 de
diciembre de 2018. Se adjunta como anexo I al presente convenio los compromisos a
asumir relativos al tratamiento de la seguridad de la información y protección de datos
personales.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura,
a través de la Dirección General de Sostenibilidad, asume el cumplimiento de las siguientes
obligaciones:
a) Aportar la cantidad ciento veinte mil euros (120.000,00 €) a transferir a GEBIDEXSA,
SAU con la finalidad de financiar los gastos derivados de la realización de las actuaciones contenidas en la memoria del convenio.
b) Llevar el control y seguimiento del convenio conforme a lo previsto en la cláusula séptima del mismo.
Séptima. Para la interpretación, aplicación, control y desarrollo de lo estipulado en el presente convenio se constituye una Comisión de Seguimiento que estará presidida por el Director
General de Sostenibilidad e integrada por los siguientes componentes:
Por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible:
— Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
— Jefe de Sección de Educación e Información Ambiental.
Por parte de GEBIDEXSA:
— Dos representantes.
Su funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas al efecto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
La Comisión se reunirá cuanto lo solicite alguna de las partes conveniantes o por decisión de
su Presidente.
La Comisión establecerá la forma de determinación de las acciones en curso en caso de incumplimiento por alguna de las partes y, como consecuencia de ello, por terminación del
acuerdo antes del tiempo inicialmente convenido.