Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2024061816)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 105
Viernes 31 de mayo de 2024
27284
c. Gastos corrientes de funcionamiento de la entidad.
d. L
os gastos de protocolo, celebraciones de inauguración o clausura y obsequios.
e. Los gastos presupuestados de “imprevistos”, “otros gastos” ni los gastos no detallados.
f. A
dquisición de material informático, mobiliario y enseres.
g. Los gastos prevenidos en el artículo 36.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoprimero. Valoración de los proyectos.
La valoración de los proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios y puntuaciones, pudiendo alcanzar los 38 puntos.
1. C
alidad técnica del proyecto: máximo 12 puntos.
a. D
escripción del contenido del proyecto, en el que se definan, de manera concisa, los
objetivos establecidos en el resuelvo noveno: 3 puntos.
b. Existencia de relación entre los objetivos de proyecto, metodología y las actividades
a realizar: 3 puntos.
c. Previsión de un sistema de seguimiento y evaluación de las actividades a desarrollar:
3 puntos.
d. A
decuación del presupuesto a las actividades y número de beneficiarias previstas: 3
puntos.
2. Á
mbito territorial del proyecto: máximo 8 puntos.
a. L
ocal: 2 puntos.
b. C
omarcal: 4 puntos.
c. Provincial: 6 puntos.
d. R
egional: 8 puntos.
3. La participación de otras organizaciones sociales en las actividades del proyecto: máximo 10 puntos.
a. D
e 2 a 4 organizaciones: 5 puntos.
Viernes 31 de mayo de 2024
27284
c. Gastos corrientes de funcionamiento de la entidad.
d. L
os gastos de protocolo, celebraciones de inauguración o clausura y obsequios.
e. Los gastos presupuestados de “imprevistos”, “otros gastos” ni los gastos no detallados.
f. A
dquisición de material informático, mobiliario y enseres.
g. Los gastos prevenidos en el artículo 36.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoprimero. Valoración de los proyectos.
La valoración de los proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios y puntuaciones, pudiendo alcanzar los 38 puntos.
1. C
alidad técnica del proyecto: máximo 12 puntos.
a. D
escripción del contenido del proyecto, en el que se definan, de manera concisa, los
objetivos establecidos en el resuelvo noveno: 3 puntos.
b. Existencia de relación entre los objetivos de proyecto, metodología y las actividades
a realizar: 3 puntos.
c. Previsión de un sistema de seguimiento y evaluación de las actividades a desarrollar:
3 puntos.
d. A
decuación del presupuesto a las actividades y número de beneficiarias previstas: 3
puntos.
2. Á
mbito territorial del proyecto: máximo 8 puntos.
a. L
ocal: 2 puntos.
b. C
omarcal: 4 puntos.
c. Provincial: 6 puntos.
d. R
egional: 8 puntos.
3. La participación de otras organizaciones sociales en las actividades del proyecto: máximo 10 puntos.
a. D
e 2 a 4 organizaciones: 5 puntos.