Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2024061816)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2024.
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NÚMERO 105
Viernes 31 de mayo de 2024
27280
1. S
e recabarán de oficio los siguientes documentos, salvo que la interesada formule oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por la entidad solicitante:
a) DNI, en vigor, del representante legal de la asociación o entidad solicitante, dato
que será comprobado de oficio por el órgano gestor de las ayudas, salvo que conste
expresamente la oposición de la persona interesada a dicha comprobación, en cuyo
caso está vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
b) Documento que acredite la representación de la persona solicitante por parte de la
asociación o entidad solicitante, que será comprobado de oficio, salvo que conste
expresamente oposición de la persona interesada a dicha comprobación, en cuyo
caso ésta vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
c) Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma, al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.
d) Estatutos de la entidad, que no estará obligado a aportar siempre que se haga
constar la fecha y órgano o dependencia en que fue presentado y no hayan sido
modificados.
2. La entidad interesada deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica
a continuación:
a) Justificación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Declaración responsable, en su caso, de haber recibido subvenciones o ayudas para
la misma finalidad, conforme anexo I.
c) Declaración responsable, de la veracidad de los datos consignados en la solicitud,
conforme anexo I.
d) Anexo II cumplimentado con la información del proyecto para el que se solicita la
ayuda.
3. El órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar
los extremos referidos a la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Auto-
Viernes 31 de mayo de 2024
27280
1. S
e recabarán de oficio los siguientes documentos, salvo que la interesada formule oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por la entidad solicitante:
a) DNI, en vigor, del representante legal de la asociación o entidad solicitante, dato
que será comprobado de oficio por el órgano gestor de las ayudas, salvo que conste
expresamente la oposición de la persona interesada a dicha comprobación, en cuyo
caso está vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
b) Documento que acredite la representación de la persona solicitante por parte de la
asociación o entidad solicitante, que será comprobado de oficio, salvo que conste
expresamente oposición de la persona interesada a dicha comprobación, en cuyo
caso ésta vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
c) Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma, al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.
d) Estatutos de la entidad, que no estará obligado a aportar siempre que se haga
constar la fecha y órgano o dependencia en que fue presentado y no hayan sido
modificados.
2. La entidad interesada deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica
a continuación:
a) Justificación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Declaración responsable, en su caso, de haber recibido subvenciones o ayudas para
la misma finalidad, conforme anexo I.
c) Declaración responsable, de la veracidad de los datos consignados en la solicitud,
conforme anexo I.
d) Anexo II cumplimentado con la información del proyecto para el que se solicita la
ayuda.
3. El órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar
los extremos referidos a la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Auto-