Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2024061769)
Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres correspondiente al ejercicio 2024.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 105
Viernes 31 de mayo de 2024
27307
Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones
de mujeres, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres, para el año 2024.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 24 de agosto de 2021
(DOE n.º 169, de 1 de septiembre) por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de
asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del
principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, así como por lo dispuesto
en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y demás normativa de aplicación.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
La cuantía máxima a subvencionar por proyecto, que reúna los requisitos mínimos exigidos,
será de 8.000 €. No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación
mínima sean superiores al crédito disponible, se procederá, a la aplicación de la siguiente
fórmula para determinar la cuantía de la ayuda: Crédito total de la respectiva convocatoria /
Suma de la puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación
mínima × Puntuación obtenida por cada solicitante, aplicándose el prorrateo previsto en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto
presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguientes a la publicación, en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes de las subvenciones se ajustarán al modelo normalizado recogido en el anexo
I de la presente convocatoria, e irán acompañadas de la documentación prevista en el ordinal
sexto de la resolución de convocatoria. El modelo de solicitud estará a disposición de las solicitantes en el portal web de la Junta de Extremadura
https://www.juntaex.es/w/0602222#tramiteanexos . Apartado solicitud y anexos del trámite.
Viernes 31 de mayo de 2024
27307
Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones
de mujeres, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres, para el año 2024.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 24 de agosto de 2021
(DOE n.º 169, de 1 de septiembre) por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de
asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del
principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, así como por lo dispuesto
en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y demás normativa de aplicación.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
La cuantía máxima a subvencionar por proyecto, que reúna los requisitos mínimos exigidos,
será de 8.000 €. No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación
mínima sean superiores al crédito disponible, se procederá, a la aplicación de la siguiente
fórmula para determinar la cuantía de la ayuda: Crédito total de la respectiva convocatoria /
Suma de la puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación
mínima × Puntuación obtenida por cada solicitante, aplicándose el prorrateo previsto en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto
presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguientes a la publicación, en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes de las subvenciones se ajustarán al modelo normalizado recogido en el anexo
I de la presente convocatoria, e irán acompañadas de la documentación prevista en el ordinal
sexto de la resolución de convocatoria. El modelo de solicitud estará a disposición de las solicitantes en el portal web de la Junta de Extremadura
https://www.juntaex.es/w/0602222#tramiteanexos . Apartado solicitud y anexos del trámite.