Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040061)
Decreto 40/2024, de 7 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+) y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
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NÚMERO 105
Viernes 31 de mayo de 2024

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rios y que se produzcan una vez dictada la resolución de concesión de subvención e iniciado
el proyecto (salvo los de contratación del personal de coordinación, de acompañamiento y
docente que podrán realizarse 7 días antes y 7 días después), que sean abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación. En ningún caso, el coste de adquisición
de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
2. La aportación económica para cada proyecto se determinará estimativamente en la resolución aprobatoria de las subvenciones correspondientes, cuantificándose por módulos y
destinándose exclusivamente a sufragar los siguientes costes:
a) Módulo A.
Con el módulo A se compensarán los costes salariales del personal de coordinación,
docente o técnico del proyecto, que hayan sido seleccionados y contratados o que ya
estuviese en plantilla en la entidad promotora, incluidos los originados por las cuotas a
cargo de la empleadora a la Seguridad Social por todos los conceptos, desempleo, fondo
de garantía salarial y formación profesional.
No se subvencionarán, en ningún caso, las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato,
por tanto, no se subvencionarán las aportaciones de la entidad promotora y las cotizaciones a la Seguridad Social por incapacidad temporal.
Las retribuciones salariales mensuales mínimas (más la parte proporcional de una paga
extraordinaria) para las contrataciones a jornada completa del personal docente y de
acompañamiento/tutorización será de 1.700 euros o la cantidad proporcional en el caso
de contrataciones de duración inferior, en el caso, de que alguno de este personal hiciese labores de coordinación-responsable del proyecto será de 1.800 euros.
b) Con el módulo B se compensarán los siguientes costes directos e indirectos:
Costes directos:
— 
Medios didácticos, siempre que no sea un gasto inventariable, equipamiento del
alumnado y personal docente y de apoyo, y útiles y herramientas necesarias para el
desarrollo del plan formativo (en ningún caso maquinaria).


— Material de consumo para la formación y prácticas del alumnado.



— Viajes formativos: Se subvencionarán aquellos viajes formativos del alumnado trabajador y personal docente que los acompañe, directamente relacionado con el programa formativo.