Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061798)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de aguas subterráneas para la transformación en regadío de un total de 10,2129 ha de viñedo mediante un sistema de goteo, en el polígono 13 parcelas 9, 10, 26 y 100, promovido por Fabián Fernández Roncero, en el término municipal de Villafranca de los Barros. Expte.: IA21/1758.
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NÚMERO 104
Jueves 30 de mayo de 2024
27095
Con el cumplimiento de una serie de medidas incluidas en este informe y la correcta
tramitación de las autorizaciones pertinentes ante el órgano de cuenca, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se considera que las alteraciones serian compatibles.
3.3.3. Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada
y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá
un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que
estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de
medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación,
tanto el aporte de nutrientes mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios
al cultivo, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
Se recomienda la valoración, por parte del promotor, para el empleo de técnicas y prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la erosión
y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal entre calles,
para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que
crecen entre las plantaciones supongan un recurso para algunas especies fitófagas.
3.3.4. Fauna.
La actividad no afecta a ninguno de los valores naturales reconocidos en los Planes de
Gestión de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
Jueves 30 de mayo de 2024
27095
Con el cumplimiento de una serie de medidas incluidas en este informe y la correcta
tramitación de las autorizaciones pertinentes ante el órgano de cuenca, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se considera que las alteraciones serian compatibles.
3.3.3. Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada
y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá
un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que
estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de
medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación,
tanto el aporte de nutrientes mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios
al cultivo, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
Se recomienda la valoración, por parte del promotor, para el empleo de técnicas y prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la erosión
y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal entre calles,
para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que
crecen entre las plantaciones supongan un recurso para algunas especies fitófagas.
3.3.4. Fauna.
La actividad no afecta a ninguno de los valores naturales reconocidos en los Planes de
Gestión de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.