Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024061822)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
56 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 104
Jueves 30 de mayo de 2024

27113

que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en
su caso, emitidos, así como el número de expediente.
5. L
 os certificados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda
Estatal y con la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica serán
consultados o recabados de oficio por la administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso de la persona o entidad interesada. En otro caso, esta
deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo
de seis meses contado desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se
establezca otro plazo.
6. Las entidades podrán declarar haber aportado con anterioridad y para la misma línea de
subvenciones, tanto las escrituras de constitución, estatutos de la entidad y documento
acreditativo del poder del representante legal de la misma, debiendo a tal efecto la persona
interesada indicar en qué momento y expediente y ante qué órgano administrativo presentó la citada documentación que, en este caso, se recabará de oficio por el órgano gestor.
7. D
 e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, si la
solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo
de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de
que, si así no lo hiciere, se le tendrá desistido de su petición, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. La presentación de solicitudes para optar a estas ayudas supone la aceptación expresa y
formal de lo establecido en esta convocatoria.
Duodécimo. Documentación.
La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación sin perjuicio de lo
que dispone el apartado anterior:
1. E
 n caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
• La solicitud debe ser firmada con el certificado digital del representante de la entidad
solicitante.
• Copia digitalizada de la escritura de constitución y estatutos vigentes inscritos de la entidad y documento acreditativo del poder del representante legal, para aquellas empresas
que no hubieran presentado proyectos a la misma línea de subvención, así como para
aquellas empresas que hubiesen sufrido alguna modificación respecto a la última documentación aportada.