Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024061819)
Extracto de la Resolución, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2024.
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NÚMERO 104
Jueves 30 de mayo de 2024
27162
En el caso de las agrupaciones de interés económico los criterios anteriores serán de aplicación como mínimo a una de las empresas que individualmente las compongan.
2. A
los efectos de la resolución de convocatoria:
• No podrán acceder a la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las
agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado.
• En el caso de que un proyecto estuviera siendo estructurado mediante codesarrollo por
varias empresas, solo una de ellas podría ser beneficiaria de la ayuda. Solo se admitirá
una solicitud por proyecto.
• La empresa solicitante debe estar inscrita como tal en la sección primera del Registro
Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA (Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales), a fecha de presentación de la solicitud.
• Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12, de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Haber desarrollado la actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención
de forma ininterrumpida durante los doce meses anteriores a la fecha de publicación
de la convocatoria. (Este período se justificará mediante certificado de situación de
actividad económica).
Cuarto. Cuantía.
El importe de esta convocatoria es de ochenta mil euros (80.000 €), que se financiarán con
cargo a la aplicación presupuestaria 150020000G/273B/77000, proyecto 20210070, fondos
CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Jueves 30 de mayo de 2024
27162
En el caso de las agrupaciones de interés económico los criterios anteriores serán de aplicación como mínimo a una de las empresas que individualmente las compongan.
2. A
los efectos de la resolución de convocatoria:
• No podrán acceder a la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las
agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado.
• En el caso de que un proyecto estuviera siendo estructurado mediante codesarrollo por
varias empresas, solo una de ellas podría ser beneficiaria de la ayuda. Solo se admitirá
una solicitud por proyecto.
• La empresa solicitante debe estar inscrita como tal en la sección primera del Registro
Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA (Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales), a fecha de presentación de la solicitud.
• Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12, de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Haber desarrollado la actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención
de forma ininterrumpida durante los doce meses anteriores a la fecha de publicación
de la convocatoria. (Este período se justificará mediante certificado de situación de
actividad económica).
Cuarto. Cuantía.
El importe de esta convocatoria es de ochenta mil euros (80.000 €), que se financiarán con
cargo a la aplicación presupuestaria 150020000G/273B/77000, proyecto 20210070, fondos
CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.