Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024061819)
Extracto de la Resolución, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2024.
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NÚMERO 104
Jueves 30 de mayo de 2024

27161

EXTRACTO de la Resolución, de la Secretaría General, por la que se
aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos
audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2024. (2024061819)
BDNS(Identif.):763614
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es), y en este DOE.
Primero. Objeto.
Se efectúa la aprobación de la convocatoria de concesión de ayudas a empresas de producción cinematográfica o audiovisual mediante financiación de gastos generados o que se
generen en el desarrollo de nuevos proyectos audiovisuales, entrega única (largometraje) o
series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse
en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.
Se considera “desarrollo del proyecto” la preparación y diseño de una producción audiovisual
centrado en las operaciones anteriores a la fase de producción propiamente dicha, con carácter previo a su rodaje.
A estos efectos, podrán concurrir aquellos proyectos que tengan una duración total no inferior
a 60 minutos.
Segundo. Bases reguladoras.
Se encuentran en la Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 10 de abril de 2024).
Tercero. Beneficiarios.
1. P
 odrán acceder al régimen de ayudas cualquiera de las empresas, personas físicas o jurídicas privadas, de producción cinematográfica o audiovisual que tengan la condición de
productor independiente (incluidas las agrupaciones de interés económico), de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, que
se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo
(EEE), legalmente constituidas al menos dos años antes de la fecha de publicación de la
convocatoria.