Servicio Extremeño De Salud. Carrera Profesional. (2024061783)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se aprueban, a propuesta de la Comisión de Evaluación del Desarrollo Profesional del SES, los reconocimientos de los distintos niveles de desarrollo profesional solicitados y reconocidos administrativamente durante el año 2023, del personal sanitario de Formación Profesional y de Gestión y Servicios en el Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 102

26830

Martes 28 de mayo de 2024

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se
aprueban, a propuesta de la Comisión de Evaluación del Desarrollo Profesional
del SES, los reconocimientos de los distintos niveles de desarrollo profesional
solicitados y reconocidos administrativamente durante el año 2023, del
personal sanitario de Formación Profesional y de Gestión y Servicios en el
Servicio Extremeño de Salud. (2024061783)
Conforme a lo previsto en el artículo 41.1 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión
y Calidad del Sistema Nacional de Salud, y en el artículo 40.2 de la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la carrera
profesional supone el derecho del personal estatutario a progresar de forma individualizada
en desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos establecidos por el Servicio de salud.
La carrera profesional en el Servicio Extremeño de Salud se basa en el reconocimiento individual del grado de progreso alcanzado en las competencias definidas para cada categoría
profesional a través de la evaluación individual de las mismas y de su desempeño. Así, tanto
de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo sobre Carrera y Desarrollo Profesional en el Servicio Extremeño de
Salud, por el que se establecen los criterios generales del desarrollo profesional en el SES,
de fecha 31 de enero de 2007, publicado por Resolución de 7 de septiembre de 2007, de la
Dirección General de Trabajo, en el DOE n.º 109, de 20 de septiembre de 2007, como atendiendo a lo dispuesto en el Pacto sobre la composición y funcionamiento de la Comisión de
Evaluación de desarrollo profesional en el SES, de 5 de junio de 2008, y a la modificación
del mismo de fecha 13 de abril de 2016, la Comisión de Evaluación del Desarrollo Profesional
del SES, una vez que ha finalizado la evaluación de las solicitudes de desarrollo profesional
correspondientes al procedimiento del año 2023, ha elevado las propuestas de resolución a
esta Dirección Gerencia.
Conforme a lo que antecede y en virtud de las atribuciones conferidas, por el artículo 4.n) de
los Estatutos del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, aprobados por el Decreto 221/2008, de 24 de octubre; así como el segundo párrafo del cuarto criterio del Acuerdo de
la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo sobre Carrera y Desarrollo
Profesional en el Servicio Extremeño de Salud, por el que se establecen los criterios generales
del desarrollo profesional en el SES, de fecha 31 de enero de 2007, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Reconocer los distintos niveles de desarrollo profesional al personal tanto sanitario
de formación profesional como el de gestión y servicios, en el Servicio Extremeño de Salud,