Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061757)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024
26364
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
establecerán puestos de apoyo y ayuda a las personas que tengan dificultades en la presentación de las solicitudes, reclamaciones, matrículas y/o en la obtención de información.
2. P
ara ello, en los IES o IESO dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se establecerá un puesto en el que, además de los equipos electrónicos
necesarios, se contará con la ayuda de personal adecuado durante el horario de atención
al público.
3. E
sta ayuda tiene por finalidad proporcionar un equipo informático si la persona no dispone
de ello y de orientar en la presentación autónoma de la solicitud, así como guiarle en las
actuaciones posteriores que se pudieran producir.
4. En el caso de surgir alguna dificultad técnica que no pueda solventarse con asesoramiento
por parte del centro, la solicitud podrá ser cumplimentada por el personal funcionario de los
centros públicos de Extremadura mencionados en el párrafo anterior, que haya sido designado
por el director o directora del centro para tal cometido. Dicho personal tiene acceso a un perfil
especial de la Plataforma Educativa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a la Ciudadanía
(SAC), creado a tal efecto. Tal solicitud será presentada por el funcionario o funcionaria y posteriormente será impresa en papel y firmada por la persona interesada, quedando una copia
en poder del centro como comprobante del consentimiento. Tal presentación ha de hacerse
durante el plazo que establece el calendario de actuaciones en el anexo I de esta resolución.
Noveno. Requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio modalidad presencial completa.
1. P
odrán solicitar admisión a los primeros cursos de ciclos formativos de grado medio que se
impartan en el curso académico 2024-2025 las personas que de conformidad con el artículo
15 de la Orden de 9 de mayo de 2024, cumplan algunas de las siguientes condiciones en
el período de presentación de solicitudes de admisión:
a. Estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos o sus equivalentes académicos.
i. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
ii. Título Básico o de Técnico Profesional Básico.
iii. Título de Técnico de Formación Profesional.
b. H
aber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de
grado medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa
y tener diecisiete años cumplidos en el año de inicio del curso.
Viernes 24 de mayo de 2024
26364
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
establecerán puestos de apoyo y ayuda a las personas que tengan dificultades en la presentación de las solicitudes, reclamaciones, matrículas y/o en la obtención de información.
2. P
ara ello, en los IES o IESO dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se establecerá un puesto en el que, además de los equipos electrónicos
necesarios, se contará con la ayuda de personal adecuado durante el horario de atención
al público.
3. E
sta ayuda tiene por finalidad proporcionar un equipo informático si la persona no dispone
de ello y de orientar en la presentación autónoma de la solicitud, así como guiarle en las
actuaciones posteriores que se pudieran producir.
4. En el caso de surgir alguna dificultad técnica que no pueda solventarse con asesoramiento
por parte del centro, la solicitud podrá ser cumplimentada por el personal funcionario de los
centros públicos de Extremadura mencionados en el párrafo anterior, que haya sido designado
por el director o directora del centro para tal cometido. Dicho personal tiene acceso a un perfil
especial de la Plataforma Educativa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a la Ciudadanía
(SAC), creado a tal efecto. Tal solicitud será presentada por el funcionario o funcionaria y posteriormente será impresa en papel y firmada por la persona interesada, quedando una copia
en poder del centro como comprobante del consentimiento. Tal presentación ha de hacerse
durante el plazo que establece el calendario de actuaciones en el anexo I de esta resolución.
Noveno. Requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio modalidad presencial completa.
1. P
odrán solicitar admisión a los primeros cursos de ciclos formativos de grado medio que se
impartan en el curso académico 2024-2025 las personas que de conformidad con el artículo
15 de la Orden de 9 de mayo de 2024, cumplan algunas de las siguientes condiciones en
el período de presentación de solicitudes de admisión:
a. Estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos o sus equivalentes académicos.
i. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
ii. Título Básico o de Técnico Profesional Básico.
iii. Título de Técnico de Formación Profesional.
b. H
aber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de
grado medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa
y tener diecisiete años cumplidos en el año de inicio del curso.