Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061757)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024

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produzcan vacantes. La condición de discapacidad y la de deportistas de alto rendimiento
ya no se tendrán en cuenta para la asignación de vacantes.
2. F
 ormarán parte de las listas de espera:
a. Aquellas personas que hayan obtenido una vacante diferente a la elegida en primer lugar.
b. A
 quellas que no hayan obtenido vacante en las adjudicaciones anteriores y hayan participado en ellas.
3. E
 l orden de incorporación a la Lista de Espera para Grado Medio se establecerá de la siguiente manera:
a. Los aspirantes del primer cupo que hayan participado con la nota media de 3.º y 4.º
de la ESO se colocarán en primer lugar, ordenados con la baremación obtenida según
el anexo III de esta resolución. En caso de empate, por la letra de desempate que se
establece el resuelvo trigésimo noveno de esta resolución.
b. S
 eguidamente, se añade los aspirantes del cupo 1 que no hayan aportado la nota media
de 3.º y 4.º de la ESO con los aspirantes del cupo segundo y del cupo tercero, ordenados todos ellos con la baremación obtenida según el anexo III de esta resolución.
En caso de empate, por la letra de desempate que se establece el resuelvo trigésimo
noveno de esta resolución.
4. E
 l orden de Incorporación a la Lista de Espera para Grado Superior se establecerá de la
siguiente manera:
Los aspirantes del primer cupo se integran con los aspirantes del cupo segundo y cupo
tercero, ordenados con la baremación obtenida según el anexo IV de esta resolución. En
caso de empate, por la letra de desempate que se establece el resuelvo trigésimo noveno
de esta resolución.
5. A
 partir de la fecha que indica el calendario de actuaciones según el anexo I para primer
curso de esta resolución, podrán incorporarse al final de esta lista de espera las personas
interesadas que no hayan presentado la solicitud dentro de los plazos previstos o que hayan sido excluidas del proceso por incumplimiento de los términos exigidos a través del
anexo IX de esta resolución.
a. Para ser elegibles, deben cumplir las condiciones de acceso indicadas en el resuelvo
noveno para grado medio y resuelvo décimo para grado superior de esta resolución.