Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061742)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024

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3. S
 in perjuicio de lo anterior, previa solicitud de los centros educativos a la Dirección General
competente, se podrá autorizar el funcionamiento de grupos con un número diferente de
alumnado atendiendo a las características y necesidades concreta que se justifiquen en
cada caso.
4. E
 l número de vacantes escolares que conforman la oferta se determinará detrayendo del
número total de puestos escolares las plazas ocupadas por el alumnado con derecho a permanencia, conforme a lo indicado en el párrafo 2 del artículo 5 de la Orden de 9 de mayo
de 2024 de admisión y matriculación.
5. A
 efectos del apartado anterior se considera alumnado con derecho a permanencia, el
alumnado que no haya agotado las dos convocatorias por curso académico objeto de evaluación, por renuncia de convocatoria de conformidad con lo indicado en el artículo 34.2 de
la Orden de 9 de mayo de 2024 de admisión y matriculación.
Cuarto. Comisión Provincial de Escolarización.
Cada Delegación Provincial de Educación constituirá una Comisión Provincial de Escolarización con anterioridad al comienzo del periodo de solicitud, conforme al párrafo 2 del artículo
86 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Dicha comisión es la encargada de supervisar
el proceso de admisión, el cumplimiento de las normas y de proponer a la Dirección General
competente, las medidas que estimen adecuadas, según lo indicado en el artículo 32 de la
Orden de 9 de mayo de 2024 de admisión y matriculación.
Quinto. Información y atención al alumnado.
1. L
 os centros docentes que tengan implantados cursos de especialización en modalidad presencial informarán sobre el procedimiento de admisión y matriculación, convocado por la
presente resolución, a las Delegaciones Provinciales de Educación y las Comisiones Provinciales de Escolarización.
2. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común para las personas que tengan dificultades en la presentación de solicitudes, reclamaciones y matrícula, se establecerán puestos de apoyo y
ayuda. Dichos puestos estarán equipados con los canales y aplicaciones que en cada caso
se determinen, y contarán con la asistencia de funcionarios habilitados para facilitar la
realización de dichos trámites.
Sexto. Requisitos de acceso.
1. L
 os requisitos de acceso a los cursos de especialización que quedan especificados en los
reales decretos que los regulan, vienen recogidos en la relación de cursos de especialización en modalidad presencial, para el curso 2024-2025, en el anexo II de esta resolución.