Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061743)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024
26322
que no promocione al curso siguiente o titule, habiendo estado matriculado en el curso
anterior al de la convocatoria, haya mantenido la matrícula durante el curso 2023-2024 y
formalizado la presente matricula en los plazos establecidos en el calendario de actuaciones de esta resolución.
3. S
i después de la publicación del listado definitivo de solicitudes, el número de solicitantes
de primera petición de algún ciclo formativo de grado básico fuera menor de seis, la Dirección General competente, podrá anular la oferta de dicho ciclo.
4. D
e conformidad con lo indicado en el apartado anterior, si el alumnado que no promociona
o titula se ve afectado por una supresión de oferta, se actuará de acuerdo con el artículo
5.2 de la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión
y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el supuesto que el turno deje de ser impartido, el alumnado podrá permanecer en el mismo centro en un turno diferente. Si fuera el
ciclo el que dejará de tener continuidad en el centro, el alumnado podrá elegir el mismo
ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En este caso, deberá formalizar la matrícula dentro del plazo establecido en
el calendario de actuaciones indicado en el del anexo I de esta resolución sin ser necesario
presentar de nuevo solicitud de admisión. El alumnado quisiera cursar otras enseñanzas,
deberá presentar una nueva solicitud de admisión.
Tercero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión y matrícula.
El calendario de actuaciones previsto para el proceso de admisión y matriculación para cursar
ciclos formativos de grado básico modalidad presencial completa convocada en la presente
resolución para el curso 2024/2025 será el establecido en el anexo I para primer curso y en
el anexo II para segundo curso.
Cuarto. Comisión Provincial de Escolarización.
1. P
ara esta convocatoria conforme lo indicado en el artículo 32 de la Orden de 9 de mayo de
2024 de admisión y matriculación, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas
de admisión del alumnado y supervisión del procedimiento, cada Delegación Provincial de
Educación constituirán una Comisión de Escolarización. Se enviará detalle de su composición a esta Dirección General.
2. L
as Comisiones Provinciales de Escolarización estarán compuestas por:
a. La persona titular de la Delegación Provincial de Educación o persona en quien delegue,
que actuará como Presidente.
Viernes 24 de mayo de 2024
26322
que no promocione al curso siguiente o titule, habiendo estado matriculado en el curso
anterior al de la convocatoria, haya mantenido la matrícula durante el curso 2023-2024 y
formalizado la presente matricula en los plazos establecidos en el calendario de actuaciones de esta resolución.
3. S
i después de la publicación del listado definitivo de solicitudes, el número de solicitantes
de primera petición de algún ciclo formativo de grado básico fuera menor de seis, la Dirección General competente, podrá anular la oferta de dicho ciclo.
4. D
e conformidad con lo indicado en el apartado anterior, si el alumnado que no promociona
o titula se ve afectado por una supresión de oferta, se actuará de acuerdo con el artículo
5.2 de la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión
y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el supuesto que el turno deje de ser impartido, el alumnado podrá permanecer en el mismo centro en un turno diferente. Si fuera el
ciclo el que dejará de tener continuidad en el centro, el alumnado podrá elegir el mismo
ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En este caso, deberá formalizar la matrícula dentro del plazo establecido en
el calendario de actuaciones indicado en el del anexo I de esta resolución sin ser necesario
presentar de nuevo solicitud de admisión. El alumnado quisiera cursar otras enseñanzas,
deberá presentar una nueva solicitud de admisión.
Tercero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión y matrícula.
El calendario de actuaciones previsto para el proceso de admisión y matriculación para cursar
ciclos formativos de grado básico modalidad presencial completa convocada en la presente
resolución para el curso 2024/2025 será el establecido en el anexo I para primer curso y en
el anexo II para segundo curso.
Cuarto. Comisión Provincial de Escolarización.
1. P
ara esta convocatoria conforme lo indicado en el artículo 32 de la Orden de 9 de mayo de
2024 de admisión y matriculación, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas
de admisión del alumnado y supervisión del procedimiento, cada Delegación Provincial de
Educación constituirán una Comisión de Escolarización. Se enviará detalle de su composición a esta Dirección General.
2. L
as Comisiones Provinciales de Escolarización estarán compuestas por:
a. La persona titular de la Delegación Provincial de Educación o persona en quien delegue,
que actuará como Presidente.