Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024061730)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024

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Cuarto. Con fecha 29 de agosto de 2022, desde el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y
Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura se dirigió correo electrónico al Colegio Oficial de Veterinarios de Badajoz, emitiendo su revisión previa de legalidad al borrador correspondiente
a la modificación-adaptación de los Estatutos del citado colegio a la Ley 11/2002, de 12 de
diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –conforme a
las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 15 de noviembre–, efectuando determinadas observaciones (deficiencias) de legalidad, de adaptación a la ley y/o estructurales (o
de redacción) respecto al citado borrador de texto estatutario, que deberán ser subsanadas.
Quinto. Con fecha 7 de noviembre de 2023, desde el Colegio Oficial de Veterinarios de Badajoz se dirigió correo electrónico al Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura, adjuntando al mismo el borrador correspondiente a la modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 15 de noviembre–, conforme a las apreciaciones (observaciones)
formuladas en la revisión previa de legalidad citada en el antecedente de hecho anterior.
Sexto. Con fecha 22 de noviembre de 2023, desde el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y
Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura se dirigió correo electrónico al Colegio Oficial de Veterinarios
de Badajoz, comunicándole que “el texto de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de
Badajoz –remitido al objeto de su revisión como archivo adjunto a correo electrónico remitido
por usted, el 07/11/2023– se considera ajustado al ordenamiento jurídico vigente, adaptándose plenamente a las modificaciones de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y
de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –introducidas por la Ley 4/2020, de
18 de noviembre–, una vez atendidas –e incorporadas– en el mismo todas aquellas observaciones de legalidad, de adaptación a la ley o estructurales (o de redacción) formuladas –el
29/08/2022– mediante correo electrónico que le fue dirigido por el entonces Jefe de Sección
de Asociaciones, Colegios y Fundaciones”.
Séptimo. Mediante escrito, de 10 de abril de 2024, del Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Badajoz –con anotación de entrada en el Registro electrónico de la Junta de Extremadura, el 11 de abril de 2024–, se remite copia del texto de los Estatutos de dicho Colegio
aprobados en su Asamblea General, en sesión ordinaria celebrada el 4 de marzo de 2024,
adaptados conforme a las apreciaciones (observaciones) formuladas en la revisión previa de
legalidad citada en el antecedente de hecho cuarto de la presente, adjuntándose también los
preceptivos Certificados del Consejo General de Colegios de la profesión Veterinaria de España, de fecha 8 de abril de 2024, y del Colegio Oficial de Veterinarios de Badajoz, de fecha 5
de marzo de 2024.