Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061680)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Estación de Servicios en el término municipal de Almendralejo (Badajoz)", cuya promotora es Suministros de Petróleos a Buques, SL. Expte.: IA23/1744.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024
25596
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats
ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red
Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las
especies presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
No se consideran impactos sobre la hidrología por no encontrarse en zona de cauce,
arroyos o zonas de agua embalsada.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas correctoras como es la
impermeabilización del suelo, gestión de las aguas pluviales y residuos, no tendrá
efectos adversos sobre el sistema hidrológico y la calidad de las aguas del acuífero
Tierra de Barros.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra
necesarios. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de
compactación de los horizontes superficiales del suelo. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos
se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
— Fauna.
No se prevé la existencia de valores faunísticos relevantes debido a la antropización
de la zona. No obstante, mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se considera que este impacto será de carácter compatible.
— Vegetación.
La parcela en cuestión no tiene valores florísticos por tener uso agrícola.
No obstante, mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe,
se considera que este impacto será de carácter compatible.
— Paisaje.
El impacto sobre el paisaje será considerable, pero al tratarse de una zona antropizada se considera de carácter compatible.
Martes 21 de mayo de 2024
25596
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats
ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red
Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las
especies presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
No se consideran impactos sobre la hidrología por no encontrarse en zona de cauce,
arroyos o zonas de agua embalsada.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas correctoras como es la
impermeabilización del suelo, gestión de las aguas pluviales y residuos, no tendrá
efectos adversos sobre el sistema hidrológico y la calidad de las aguas del acuífero
Tierra de Barros.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra
necesarios. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de
compactación de los horizontes superficiales del suelo. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos
se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
— Fauna.
No se prevé la existencia de valores faunísticos relevantes debido a la antropización
de la zona. No obstante, mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se considera que este impacto será de carácter compatible.
— Vegetación.
La parcela en cuestión no tiene valores florísticos por tener uso agrícola.
No obstante, mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe,
se considera que este impacto será de carácter compatible.
— Paisaje.
El impacto sobre el paisaje será considerable, pero al tratarse de una zona antropizada se considera de carácter compatible.