Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024061618)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 19 y 29 años correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024

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do en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Número de personas a atender, cuantía de la subvención y período de
ejecución de las acciones.
1. El número de personas que deberá recibir las actuaciones indicadas en el dispositivo segundo de la presente resolución será de 500 por entidad. Analizada la posición de partida
en la que se encuentran tanto los hombres como las mujeres respecto al colectivo afectado
por esta convocatoria y con el objeto de propiciar una participación equitativa las entidades procurarán que, de las 500 personas a atender por entidad, al menos, el 50% sean
mujeres.
2. Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de noviembre de 2020, la
cuantía de la subvención máxima por entidad será de 261.222,50 € dividida de la siguiente
manera:
a) Subvención por orientación: Relacionada con el número de personas a atender y el
número de horas de trabajo del personal técnico necesarias para las acciones de orientación, que se estima en 6 horas por usuario, con un máximo de 70.000 €.
b) Subvención por preparación de las sesiones de orientación: Relacionada con el número
de personas a atender y el número de horas de trabajo del personal técnico necesarias
para las acciones de orientación, que se estima en 2 horas por usuario, con un máximo
de 23.333,33 €.
c) Subvención por adquisición de competencias genéricas y transversales: Relacionada con
el número de personas a atender y el número de horas de trabajo del personal técnico
necesarias para dichas acciones que se estiman en 5 horas por cada usuario, con un
máximo de 58.333,33 €.
d) Subvención por acciones de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo:
Relacionada con el número de personas a atender y el número de horas de trabajo del
personal técnico necesarias para dichas acciones que se estiman en 5 horas por cada
usuario, en talleres grupales, con un máximo de 2.916,67 €.
e) Subvención por preparación de las sesiones de coaching: Relacionada con el número
de personas a atender y el número de horas de trabajo del personal técnico necesarias
para las acciones de coaching, que se estima en 2 horas por taller, con un máximo de
1.166,67 €.