Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061695)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "FCC Servicio de recogida de basuras y limpieza viaria de la ciudad de Badajoz".
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024

25616

Artículo 20. Rotura de gafas.
Para el supuesto de que el trabajador rompiera sus gafas durante su jornada laboral, la empresa abonará, para su reposición, un máximo de 70€ por trabajador y año de vigencia del
convenio. Para ello se crea un fondo con el límite máximo de 900€ anuales.
Artículo 21. Prendas de trabajo.
Para la realización de las diversas tareas que exige el trabajo de limpieza pública en todas las
facetas, la empresa facilitará la ropa de trabajo más conveniente según la función a desempeñar, cuya utilización es obligatoria.
Articulo 22. Conciliación de la vida familiar y laboral.
La empresa y la Representación Legal de los Trabajadores, velarán por el cumplimiento de la
Ley 39/1999 de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar.
Disposición adicional primera. Planes de igualdad.
Para el desarrollo de los Planes de Igualdad se acuerda someterse al pacto suscrito el
día 28 de enero de 2022, entre el Grupo FCC Medio Ambiente, UGT y CCOO (Referencia:
90120263112022). Asimismo, dentro de dicho Plan de Igualdad se encuentra el área de actuación específico para la Prevención de Acoso Sexual y Acoso por Razón de Sexo.
Disposición adicional segunda. Incremento salarial.
Se establece un incremento salarial para cada uno de los años de vigencia del convenio que se
harán efectivos desde el 1 de enero de cada año de vigencia, calculados sobre la tabla salarial
del año inmediatamente anterior:
— 2023: El salario para 2023 será el establecido en la tabla salarial anexa.
— 2024: El incremento salarial será el porcentaje del IPC definitivo del año anterior incrementado en un 0,9%.
— 2025: El incremento salarial será el porcentaje del IPC definitivo del año anterior incrementado en un 0,6%.
— 2026: El incremento salarial será el porcentaje del IPC definitivo del año anterior incrementado en un 0,6%.
Disposición final. En lo no recogido en el presente Acuerdo, se estará a lo dispuesto en el
Convenio General del Sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos y limpieza y conservación de alcantarillado y ET (Estatuto
de los Trabajadores).