Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061652)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo de Funcionarios Públicos del Ayuntamiento de Talavera la Real".
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NÚMERO 96

25352

Lunes 20 de mayo de 2024

g. D
 enuncia del incumplimiento del Acuerdo.
h. Cuantas otras actividades tiendan a la mayor eficacia práctica del Acuerdo.
i. Intervenir con carácter previo y necesario en la interposición de los conflictos que se
produzcan como consecuencia de las relaciones laborales entre ambas partes.
4. Dicha Comisión se reunirá con carácter ordinario al menos una vez al año, siendo convocada por el presidente y el secretario de la misma recogiendo el orden del día en dicha
convocatoria. Asimismo la Comisión Paritaria podrá reunirse con carácter extraordinario a
petición de una de las partes firmantes, fijándose la reunión con un máximo de cinco días
naturales posteriores a la petición. De los acuerdos que se adopten se deberá levantar acta.
Artículo 6. Vinculación a la totalidad.
Las condiciones establecidas en el presente Acuerdo, tanto las normativas como retributivas,
forman un todo orgánico e indivisible y por tanto se aplicarán de forma íntegra.
En el supuesto de que fuese anulado o modificado alguno de sus preceptos por la Jurisdicción
competente, el Acuerdo devendrá ineficaz en los capítulos y/o artículos y/o apartados que se
vean afectados, continuando vigente el resto.
Los preceptos afectados deberán negociarse de nuevo en el plazo máximo de dos meses, en
todo caso, será la mesa de negociación la que determine el alcance de la anulación, y acuerde, expresamente, si afecta de manera sustancial al Acuerdo y debe revisarse íntegramente
el mismo.
La entrada en vigor de este Acuerdo implica la sustitución de las condiciones laborales y funcionariales vigentes hasta la fecha de entrada en vigor, quedando, no obstante, subordinada a
cualquier disposición de carácter general aplicable que pudiera tener efectos más favorables,
y sin perjuicio del respeto a la normativa de carácter superior.
CAPÍTULO II.
Organización, gestion y racionalización
Artículo 7. Registro de personal.
Todo el personal al servicio del Ayuntamiento de Talavera la Real se inscribirá en el Registro
de Personal del mismo y en él se anotarán preceptivamente todos los actos que afecten a su
carrera administrativa, conforme a la legislación vigente. A este registro tendrán acceso los
interesados y los representantes sindicales.