Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061685)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, por el que se formaliza una transferencia específica para la gestión de REDINED (Red de Información Educativa) y de REDIE (Red Española de Información sobre Educación) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 96

25301

Lunes 20 de mayo de 2024

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
b) El mutuo acuerdo de las partes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o
compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la
comisión de seguimiento. Si, trascurrido el plazo de un mes indicado en el requerimiento, persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante
la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
En el caso de extinción del convenio por las causas indicadas anteriormente, se deberá garantizar por ambas partes la finalización de las actuaciones en curso, sin que suponga agravio
para los participantes en las mismas.
Duodécima. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Asimismo, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en
el apartado a) del artículo 3 de dicha ley.
El convenio se regirá por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como por la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos
del presente convenio, que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista
en la estipulación décima, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contenciosoadministrativa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio.

El Secretario General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),

El Director Gerente de la Fundación
FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico
de Extremadura,
JOSÉ LUIS CANITO LOBO

D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
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