Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Méritos. (2024061682)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios, en Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 95
Viernes 17 de mayo de 2024
25002
declarándose desierta la plaza ofertada en el caso de que no haya candidato, o cuando los
presentados no hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en alguna de las fases
del proceso.
2. Nombramiento.
a) El nombramiento de la Dirección del Centro de Profesores y de Recursos será efectuado
por la titular de la Dirección General de Personal Docente, a propuesta del titular de la
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
b) El nombramiento se hará por el periodo de cuatro años, en régimen de comisión de
servicios y con reserva del puesto de trabajo. No obstante, antes del 30 de abril del
curso 2024-2025, se realizará una evaluación por una Comisión presidida por la Jefa del
Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento e integrada por el
Jefe de la Inspección General de Educación y Evaluación y los Jefes de las Unidades de
Programas Educativos de Cáceres y Badajoz, o personas en quienes deleguen, y por un
funcionario docente. Serán asistidos por un funcionario que actuará como secretario,
con voz y sin voto. En su composición se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
c) El procedimiento, requisitos y efectos de la evaluación contemplada en el párrafo anterior se especifican en el artículo 6 de la Orden de 9 de junio de 2016.
Octava. Nombramiento extraordinario o en funciones.
Cuando la plaza de Dirección fuera declarada desierta en la convocatoria o quede vacante de
manera sobrevenida durante el curso escolar, se nombrará para la Dirección del Centro de
Profesores y de Recursos, con carácter provisional, a propuesta de la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, a una persona funcionaria de carrera en servicio activo que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de
9 de junio de 2016. Dicho nombramiento se realizará en régimen de comisión de servicios y
se prolongará hasta que el puesto sea cubierto en la convocatoria inmediatamente posterior.
Novena. Evaluación del mandato.
1. Memoria.
Como se establece en el artículo 8 de la Orden de 9 de junio de 2016, el curso en que
termine el mandato de cuatro años, la persona que ostenta la Dirección presentará una
memoria antes del 10 de abril, en la que analice y valore el cumplimiento de los objetivos y
la puesta en práctica de las estrategias de actuación planteadas en el proyecto de Dirección
y los logros obtenidos a lo largo del mandato. En caso de no presentarla se entenderá que
renuncia a la prórroga de su mandato.
Viernes 17 de mayo de 2024
25002
declarándose desierta la plaza ofertada en el caso de que no haya candidato, o cuando los
presentados no hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en alguna de las fases
del proceso.
2. Nombramiento.
a) El nombramiento de la Dirección del Centro de Profesores y de Recursos será efectuado
por la titular de la Dirección General de Personal Docente, a propuesta del titular de la
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
b) El nombramiento se hará por el periodo de cuatro años, en régimen de comisión de
servicios y con reserva del puesto de trabajo. No obstante, antes del 30 de abril del
curso 2024-2025, se realizará una evaluación por una Comisión presidida por la Jefa del
Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento e integrada por el
Jefe de la Inspección General de Educación y Evaluación y los Jefes de las Unidades de
Programas Educativos de Cáceres y Badajoz, o personas en quienes deleguen, y por un
funcionario docente. Serán asistidos por un funcionario que actuará como secretario,
con voz y sin voto. En su composición se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
c) El procedimiento, requisitos y efectos de la evaluación contemplada en el párrafo anterior se especifican en el artículo 6 de la Orden de 9 de junio de 2016.
Octava. Nombramiento extraordinario o en funciones.
Cuando la plaza de Dirección fuera declarada desierta en la convocatoria o quede vacante de
manera sobrevenida durante el curso escolar, se nombrará para la Dirección del Centro de
Profesores y de Recursos, con carácter provisional, a propuesta de la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, a una persona funcionaria de carrera en servicio activo que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de
9 de junio de 2016. Dicho nombramiento se realizará en régimen de comisión de servicios y
se prolongará hasta que el puesto sea cubierto en la convocatoria inmediatamente posterior.
Novena. Evaluación del mandato.
1. Memoria.
Como se establece en el artículo 8 de la Orden de 9 de junio de 2016, el curso en que
termine el mandato de cuatro años, la persona que ostenta la Dirección presentará una
memoria antes del 10 de abril, en la que analice y valore el cumplimiento de los objetivos y
la puesta en práctica de las estrategias de actuación planteadas en el proyecto de Dirección
y los logros obtenidos a lo largo del mandato. En caso de no presentarla se entenderá que
renuncia a la prórroga de su mandato.