Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024061613)
Resolución de 7 de mayo de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Eléctrica del Oeste Distribución, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Línea de alta tensión a 13,2 kV para mejora del suministro en los términos de El Torno y Cabezabellosa (Cáceres)". Expte.: AT-9454.
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NÚMERO 94
Jueves 16 de mayo de 2024

24807

Todos los elementos en tensión deberán ser cubiertos con elementos aislantes.


- Se procederá al aislamiento efectivo y permanente de puentes y grapas de los apoyos
mediante fundas que impidan el contacto directo de las aves con las partes en tensión.



- Se deberán señalizar los conductores de la línea eléctrica con dispositivos señalizadores salvapájaros, instalando un elemento por cada 10 metros lineales, disponiéndose
de forma alterna en cada conductor y con una distancia máxima de 20 metros entre
señales contiguas en un mismo conductor. Se utilizarán aspas giratorias luminiscentes, de las cuales, el 50% serán de luz ultravioleta y el 50% de luz blanca.
- En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en
las crucetas de los apoyos, éstos no serán de tipo aguja o paraguas.

• Se minimizará la generación de polvo mediante el empleo de lonas recubridoras en el transporte, la limitación de velocidad de los vehículos y el control de las operaciones de carga,
descarga y transporte de material para minimizar la dispersión de partículas de polvo por
el entorno.
• Se mantendrá la maquinaria a punto, para minimizar el impacto producido por los ruidos,
vertidos de aceites y combustibles y emisiones de gases y humos de combustión a la atmósfera.
• En relación con la contaminación acústica durante la fase de construcción, se cumplirá lo
establecido en la legislación vigente de aplicación.
• Se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la contaminación del agua por posibles
vertidos de residuos peligrosos, estableciendo áreas específicas acondicionadas para las
actividades que puedan causar más riesgo.
• En las zonas de actuación cercanas a cauces se deberán extremar las precauciones en
cuanto a la emisión de partículas, para minimizar la afección a la vegetación y fauna a esos
cauces asociada.
• No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo en zonas
próximas a los arroyos atravesados, ni se interferirá en la red natural de drenaje, para evitar
su incorporación a las aguas en el caso de lluvia o escorrentía superficial.
• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022, de
8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología,
clasificación y compatibilidad.