Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Vacunas. (2024061640)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Consejera, por la que se actualiza el calendario común de vacunaciones e inmunizaciones a lo largo de toda la vida de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el calendario de vacunación e inmunización específica en menores y adolescentes (< 18 años) con condiciones de riesgo y el calendario de vacunación específica en personas adultas (= 18 años) con condiciones de riesgo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Miércoles 15 de mayo de 2024

• Siguiendo las recomendaciones de vacunación frente a herpes zóster aprobadas por la
Comisión de Salud Pública con fecha 25 de marzo de 2021, se incluye la vacunación sistemática frente al herpes zóster para la cohorte nacida en 1944.
En virtud de cuanto antecede, a fin de implementar los nuevos calendarios con las medidas
propuestas por la Dirección General de Salud Pública, en mi condición de autoridad sanitaria
en salud publica,
RESUELVO:
Primero.
Actualizar el calendario común de vacunaciones e inmunizaciones a lo largo de toda la vida
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, constituido por las vacunas recomendadas para
todas las etapas de la vida, según expresa el anexo I de la presente resolución.
Actualizar el calendario de vacunación e inmunización específica en menores y adolescentes
(<18 años) con condiciones de riesgo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según
expresa el anexo II de la presente resolución.
Actualizar el calendario de vacunación específica en personas adultas (≥18 años) con condiciones de riesgo, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según expresa el anexo III de
la presente resolución.
Segundo.
Aplicar los calendarios en todos los centros y servicios sanitarios públicos y privados ubicados
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente resolución tendrá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 9 de mayo de 2024.
La Consejera de Salud y Servicios
Sociales,
SARA GARCÍA ESPADA