Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2024061643)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (Subdirecciones y Unidades Técnicas).
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NÚMERO 93
Miércoles 15 de mayo de 2024

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Exposición y defensa: de 0 a 1,75 puntos.


b.1) Lectura de la Memoria, utilizando o no medios auxiliares sin explicación detallada:
hasta un máximo de 0,25 puntos.



b.2) Si se realiza una exposición explícita, detallada, explicada y razonada del contenido de la memoria, utilizando o no medios auxiliares: hasta un máximo de 1,25
puntos.



b.3) Resolución a las cuestiones planteadas por la Comisión de Valoración: Hasta un
máximo de 0,5 puntos.

Los apartados b.1) y b.2) no son acumulables. El resto de apartados se acumularán para
obtener la puntuación final.
La Comisión de Valoración procederá de la siguiente forma para valorar las memorias presentadas por las personas candidatas:



— Valorarán individualmente cada uno de los apartados señalados anteriormente.

— Se pondrán en común los resultados de la valoración anterior y se desecharán los dos
valores extremos resultantes (superior e inferior).

— 
El resultado de cada persona candidata será la media de los tres valores no
descartados.
El tiempo, máximo, de exposición de las memorias no superará los 30 minutos.
Puntuación mínima
Quinta. No se adjudicarán los puestos ofertados cuando no se alcance la puntuación mínima
de cinco puntos en la fase primera. Para superar la segunda fase se deberá obtener, como
mínimo tres puntos, de los cuales 1,45 deben corresponderse con el apartado de la Memoria.
Acreditación de los méritos alegados
Sexta.
1. Los requisitos y méritos a que hacen referencia las bases segunda y cuarta deberán ser
acreditados mediante certificado expedido al efecto por la unidad competente en cada caso
en materia de personal, o mediante certificación del Registro Central de Personal.
2. Los cursos a los que hace referencia el punto 3 de la base cuarta deberán acreditarse
mediante fotocopia del diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovecha-