Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Licencias Por Estudios. (2024061654)
Resolución de 7 de mayo 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos Docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, para el curso 2024-2025.
56 páginas totales
Página
NÚMERO 93
Miércoles 15 de mayo de 2024

24606

Una vez ordenados los participantes por las puntuaciones finales obtenidas, la Comisión de
Selección procederá a determinar el personal seleccionado.
En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates en
las puntuaciones, estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º) Mayor puntuación en la primera fase.
2º) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden que estos aparecen en los anexos VI y VII.
3º) Mayor puntuación en los subapartados del baremo de méritos por el orden que estos
aparecen en los anexos VI y VII.
La Comisión de Valoración no podrá seleccionar a un número de participantes, superior al
número de licencias por estudio con retribución convocadas en la presente resolución.
En el caso de que quede vacante alguna licencia con retribución que, de conformidad con
el anexo I, esté reservada para determinados cuerpos docentes no universitarios, se incorporará ésta a las convocadas para otros cuerpos. Para ello, se estará al orden en que las
mismas aparecen en el citado anexo.
9.2. Resolución provisional.
En un plazo no superior a cuatro meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el Director General de Personal Docente, a propuesta de la Comisión de
Valoración, aprobará la resolución con la relación de las licencias concedidas y denegadas de
forma provisional, que será objeto de publicación en el Portal del Docente de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional https://profex.educarex.es. Las personas interesadas dispondrán del correspondiente plazo de 5 días hábiles, para efectuar reclamaciones
o para renunciar a la participación en el procedimiento, cumplimentando el correspondiente
formulario electrónico.
Décima. Resolución definitiva.
10.1. Resueltas las reclamaciones y renuncias, y a la vista de la propuesta formulada por la
Comisión de Valoración, la convocatoria será resuelta por el Director General de Personal Docente, quien dictará la correspondiente resolución definitiva de concesión y de denegación, en
la que se indicará expresamente esta circunstancia. Esta resolución se publicará en el Portal
del Docente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
https://profex.educarex.es.