Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2024061463)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a artistas visuales para el año 2024.
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Miércoles 15 de mayo de 2024

c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de publicidad del apartado decimocuarto, punto 5 de esta convocatoria, en consonancia con lo previsto en el artículo
13.5 del Decreto 32/2017, de 28 de marzo de 2017, por el que se establece el régimen
de ayudas a artistas visuales.
e) Incumplimiento de la actividad subvencionable o de las condiciones impuestas a la persona beneficiaria en los términos fijados en la resolución de concesión.
f) Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo.
2. N
 o obstante lo previsto en la letra f) del apartado anterior, se considerará que no existe
incumplimiento total y serán aplicables criterios de proporcionalidad en el supuesto de que
la ejecución de la actuación subvencionable haya alcanzado al menos el 60 %.
Decimoséptimo. Eficacia.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y la
del extracto a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el
Diario Oficial de Extremadura.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la
misma así como del extracto a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 22 de abril de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO