Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024061602)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria de pruebas selectivas para promoción interna del personal laboral de Administración y Servicios, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 92
Martes 14 de mayo de 2024

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d) En el apartado “Datos a consignar según la convocatoria”, las personas aspirantes indicarán, en el campo a) del mismo, la adscripción a la localidad de las Bolsas de Trabajo
que, en su caso, se generen como consecuencia del correspondiente procedimiento
selectivo. A tal efecto, se establecerán cuatro Bolsas de Trabajo para las localidades
de: Cáceres (1), Badajoz (2), Mérida (3) y Plasencia y Jarandilla de la Vera (4). Será
obligatorio indicar, al menos, una localidad de las referidas.
4.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento,
de oficio o a petición de la persona interesada.
4.6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se
admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
Quinta. Admisión de aspirantes.
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad de Extremadura dictará, por delegación del Rector, resolución en el plazo máximo de dos meses,
por la que se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las
pruebas selectivas. Esta resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura junto
con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
5.2. Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Las personas
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo
que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en
la pertinente relación de admitidos.
5.3. En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores, la
Gerencia publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que se eleve a
definitivas las listas de admitidos y excluidos. En la misma se determinará el lugar y fecha del
comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de actuación de los aspirantes.