Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024061602)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria de pruebas selectivas para promoción interna del personal laboral de Administración y Servicios, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 92
Martes 14 de mayo de 2024

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9.2. Los órganos de selección harán públicos los criterios de evaluación que se vayan a utilizar
para las distintas pruebas, con carácter previo al desarrollo de las mismas.
9.3. El anuncio de celebración de los restantes ejercicios no será objeto de publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y se efectuará a través de las resoluciones del órgano de selección en las que se hagan públicas las relaciones de aprobados del ejercicio anterior.
9.4. El orden de actuación de los aspirantes para la realización de las diferentes pruebas
se iniciará por el candidato cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo
realizado por la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado a través de Anuncio para el año 2024 en el Diario Oficial de Extremadura.
En aquellas pruebas que, por el número de aspirantes, sea necesario establecer distintos
turnos de actuación, éstos se establecerán alfabéticamente, iniciándose por el aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra resultante del sorteo referido en el párrafo anterior.
9.5. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del órgano
de selección con la finalidad de acreditar su identidad.
9.6. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y libremente apreciados por el órgano de selección.
9.7. En cualquier momento del proceso selectivo si el órgano de selección tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por
la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector
de la Universidad de Extremadura, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
9.8. Corresponderá al órgano de selección la verificación y apreciación de las incidencias que
pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que
estime pertinentes.
9.9. Los aspirantes que acudan a cada ejercicio de los que compongan la fase de oposición
tendrán derecho a que se les haga entrega del cuestionario o supuestos prácticos que se
planteen por el órgano de selección.
9.10. Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el órgano de selección hará pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del órgano de
selección y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan