Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061569)
Resolución de 5 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se estima la solicitud de modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada a la fábrica de envases de cartón ondulado de Ondupack, SLU, de Almendralejo.
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NÚMERO 91
Lunes 13 de mayo de 2024

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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se estima la solicitud de modificación no sustancial de la autorización
ambiental integrada a la fábrica de envases de cartón ondulado de Ondupack,
SLU, de Almendralejo. (2024061569)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La fábrica de envases de cartón ondulado de Ondupack, SLU, de Almendralejo (Badajoz) cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de
24 de septiembre de 2014 de la Dirección General de Medio Ambiente y publicada en el DOE
n.º 203, de 22 de octubre. Posteriormente, el complejo industrial ha obtenido alguna modificación no sustancial de la AAI.
Segundo. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 19 de
abril de 2024, Ondupack, SLU, solicitó modificación no sustancial de la AAI de la fábrica de
cartón ondulada de Almendralejo. La solicitud de modificación no sustancial contempla la
actualización del listado de residuos generados incluidos en la AAI. En concreto, se pretende
modificar la caldera existente de 3,9 MW por otra nueva de 4,19 MW.
La solicitud de modificación no sustancial descrita es considerada por Ondupack, SLU, como
modificación no sustancial de la AAI de su instalación, de acuerdo a los criterios señalados en
el artículo 10.4 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en el
artículo 14 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y
control integrados de la contaminación por el que se aprueba el Reglamento de Emisiones
Industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, el artículo 20 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 30 del
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución de la autorización ambiental integrada
del proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 del Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo
1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de preven-