Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024061573)
Resolución de 29 de abril de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nuevas líneas subterráneas de media tensión, de 20 kV, de cierre entre la LAMT-4849-01-"Santibáñez" de la STR "CH Borbollón" y los centros de transformación CT "Residencia Ancianos" n.º 140304690 y CT "Gata 2" n.º 140301690, y sustitución de este último por un CT prefabricado tipo EP-1T, en el término municipal de Gata (Cáceres)". Expte.: AT-9414.
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NÚMERO 91
Lunes 13 de mayo de 2024

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Con la ejecución de las nuevas LSMT, se desmontará el tramo de la LAMT “Santibáñez” que
alimenta actualmente al CT “Gata 2” entre los apoyos n.º 2040 y 1039 de la misma en una
longitud de 295 m, así como los apoyos intermedios existentes en dicho tramo n.º 1036,
1037, 1038 y 1039 (que sustenta al CTIA a desmontar).
Valores ambientales afectados.
La actividad solicitada se localiza parcialmente dentro de la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura (Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura):
— ZEC “Riveras de Gata y Acebo”.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad son:
— Área de campeo y alimentación de especies forestales y ribereñas protegidas.
3. V
 aloración del impacto.
La actividad se encuentra incluida en el anexo VI, grupo 3. apartado c) de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo
que está sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental abreviada.
Dentro del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se ha consultado a las siguientes administraciones
públicas afectadas:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de
Sostenibilidad.
— Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
El resultado de las contestaciones recibidas de las distintas Administraciones Públicas se
resume a continuación:
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar, de forma apreciable, a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas en su informe, que se incluirán en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.