Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024061555)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de acreditación de la competencia digital docente a través de la evaluación de la observación del desempeño de los niveles B1 y B2.
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NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024

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4.3. Fase III. Solicitud para acreditación no obtenida de oficio.
En esta fase se abrirá el proceso para que todos aquellos docentes, que no hayan obtenido la
valoración mínima requerida para acreditar su CDD, puedan hacerlo aportando la documentación oportuna.
4.3.1 Forma de participación.
La participación se realizará a través de una solicitud de participación que deberá rellenarse de forma telemática, con carácter obligatorio, mediante la aplicación informática que
se encontrará disponible en el portal https://profex.educarex.es. No se admitirá ninguna
solicitud que no se haya cumplimentado a través de esta aplicación.
El acceso a la solicitud de participación se podrá realizar con certificado digital o bien con
sistema de identificación de Rayuela. En el supuesto de no disponer de certificado digital,
podrán obtenerlo a través de la dirección electrónica http://www.cert.fnmt.es/.


4.3.1.1. Acceso con certificado digital.



El acceso a la solicitud de participación mediante certificado digital permitirá:



— Incorporación, en su caso, de documentos a la solicitud de participación.



— Firma y registro de la solicitud electrónicamente: se deberá finalizar la solicitud
haciendo uso del servicio de firma y el registro con certificado electrónico siguiendo las instrucciones que se indiquen.

La solicitud se considerará presentada en el momento en que sea completado todo el
proceso telemático. El justificante generado de registro debe conservarse como confirmación de dicha solicitud.
En el supuesto de que se presente más de una solicitud, será válida la última registrada
dentro del plazo establecido, quedando anuladas todas las anteriores.


4.3.1.2. Acceso con sistema de identificación de Rayuela.

El acceso a la solicitud de participación con sistema de identificación de Rayuela
supondrá:


— Incorporación, en su caso, de documentos a la solicitud de participación.