Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2024040053)
Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024

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Artículo 17. Comisión de valoración.
1. Una vez evaluadas las solicitudes que presenten un proyecto, éstas serán valoradas por
una Comisión de Valoración constituida al efecto, que emitirá un informe que será vinculante en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuado.
La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:
a) Presidente/a: La persona titular de la Jefatura de Servicio con competencias transformación digital, o persona que le sustituya.
b) Vocales:


— La persona titular de la Jefatura de Sección con competencias en telecomunicaciones, o la persona titular de la Jefatura de Sección con competencias en estrategia
de digitalización regional o persona que le sustituya, que ejercerá las funciones de
Secretario/a.



— Dos funcionarios/as adscritos a la Dirección General con competencias en materia
digitalización regional, con la categoría profesional de Técnico/a de Telecomunicaciones, Técnico/a de Informática, Programador/a o Analista de Informática.

2. Los nombramientos de los miembros de la Comisión de Valoración se realizarán en apartado correspondiente de la convocatoria que acompaña este decreto.
3. De cada sesión que se celebre, se levantará acta por parte del Secretario/a, en la que se
recogerá el resultado de la misma, y que será firmada por éste con el visto bueno del Presidente de la Comisión.
Artículo 18. Criterios de valoración.
Una vez completas las solicitudes, con la documentación correspondiente, se procederá a la
evaluación y valoración de las mismas, conforme a los siguientes criterios, y con la ponderación que a continuación se detalla, con un máximo de 100 puntos:
La valoración se realizará de forma independiente para los proyectos presentados en cada una
de las zonas geográficas de actuación establecidas en la convocatoria.
a) Menor importe de subvención solicitado. Máximo de 40 puntos.
Se otorgará la puntuación a cada proyecto, según la expresión: