Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2024061493)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Universidad, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas complementarias para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco de Programa de Movilidad Erasmus+ (Curso académico 2024/2025).
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NÚMERO 89
Jueves 9 de mayo de 2024

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c) El alumnado universitario de Erasmus+ Estudios, que inicie su estancia en el segundo
semestre, una vez abonada la ayuda, tendrá que presentar declaración de compromiso,
conforme al anexo II recogido en la presente convocatoria, en la cual se comprometa a
realizar su estancia de acuerdo con el período y la ayuda concedida.
d) El alumnado que solicite la ayuda por haber participado en el Programa Erasmus+ Prácticas, deberá presentar un certificado acreditativo de haber comenzado una estancia
formativa en el marco de dicho Programa, en los 12 meses inmediatamente anteriores a
la publicación de la convocatoria. Además, deberán aportar documento en el que conste
la nota media aritmética que dio acceso al Programa Erasmus+ Prácticas. Para el alumnado de la Universidad de Extremadura, la Dirección General de Universidad solicitará
de oficio a dicha universidad estos certificados, así como documento en el que conste la
nota media aritmética.
2. Además de la documentación anteriormente indicada y sólo aquellos solicitantes que estudien en universidades públicas distintas de la Universidad de Extremadura, deberán presentar:
a) Documento que acredite la vecindad administrativa familiar en Extremadura, o la condición de extremeño o extremeña, conforme al artículo 3 del Estatuto de Autonomía de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Expediente académico completo, en el que consten la totalidad de las asignaturas aprobadas, suspensas y no presentadas (en su caso), con sus correspondientes cursos,
convocatorias, créditos, calificaciones y nota media calculada con arreglo a los criterios
del artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece
el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, referentes a la titulación
respecto de la que se opta a la ayuda.
c) En el caso de cursar una titulación que exista en la Universidad de Extremadura, y no
haber obtenido plaza por no alcanzar la nota de corte que le diera acceso, deberán presentar documento acreditativo de haber superado la prueba de acceso a la universidad,
en el que figuren las calificaciones obtenidas, con el fin de confirmar la nota de acceso
a los estudios universitarios.
3. En el caso de que la ayuda se solicite para máster o doctorado, el expediente académico
deberá referirse a la titulación que dio acceso a dichos estudios.