Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024061567)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos de los procedimientos de "Cambio de domicilio o cese de actividad, de empresa de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos x de diagnóstico médico (EVAT)" y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
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NÚMERO 89

23679

Jueves 9 de mayo de 2024

CÓDIGO CIP

P6785

COMUNICACIÓN DE CAMBIO DE DOMILICIO O CESE
DE ACTIVIDAD, DE EMPRESA DE VENTA Y ASISTENCIA
TÉCNICA DE EQUIPOS E INSTALACIONES DE RAYOS X
DE DIAGNÓSTICO MÉDICO (EVAT)

5. DOCUMENTACIÓN A APORTAR

No será necesario marcar ninguna casilla ni insertar ningún dato. Los documentos que se acompañen, se identificarán en una pantalla o módulo
informático y destinado a adjuntar documentación de esta solicitud que se le mostrará en la SEDE una vez se hayan cumplimentado todos los datos
de la misma.

Cambio de domicilio
Cese de actividad

Tipo de trámite

Documentos a aportar
1,2,3,4
1,2,3,4
Relación de documentos

Documentos comunes y de identificación
1. Copia de escrituras y sus estatutos, acuerdo, acta o documento de constitución, fundación o creación, según establezca la legislación
específica aplicable, en el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, inscritos previamente en el registro, en caso de que
dicha legislación así lo exija. (b) (c)
2. −Copia del poder del representante legal de la empresa.(b) (c)
3) Justificante de abono de las tasas, copia de la administración MOD. 050. (a).
4.−Otra documentación complementaria que posibilite un mejor análisis y/o cualquier otra documentación que resulte obligatoria su
presentación de acuerdo a la reglamentación vigente. (Opcional)
Condiciones bajo las que no será necesario adjuntar a la solicitud ciertos documentos.
−Llamada (a) Sólo debe presentarse si no se facilitan los datos correspondientes, en el apartado 6 de tasas, en la comunicación.
−Llamada (b) No será necesaria su presentación, si ha sido emitido por o presentado ante la Administración Pública, siempre que en el Anexo del
que dispone esta solicitud, se indique el órgano que lo emitió o al que se presentó, la fecha de la emisión o presentación y el número del
expediente en el que fue emitido o aportado y se manifieste el consentimiento para su consulta u obtención por el órgano instructor.
Llamada (c): No será necesaria su presentación, si no se manifiesta en el apartado 8, oposición expresa a la comprobación, por parte del órgano
instructor del documento o de sus datos.

6. TASAS OFICIALES ABONADAS. DATOS DEL JUSTIFICANTE DE PAGO (MODELO 50)
Número de documento Mod. 050

Número de código

Euros

Fecha de pago

7. OBSERVACIONES

8. COMPROBACIONES POR LA ADMINISTRACIÓN

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos
que a continuación se relacionan a través de redes corporativas, de consultas a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas
electrónicos habilitados al efecto. Si manifiesta su oposición a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas o sus servicios gestores,
efectúen dicha comprobación, deberá indicarlo, marcando la casilla indicada y aportando el documento correspondiente.
 Me opongo a que se solicite y recabe de otros organismos públicos la comprobación de escrituras y sus estatutos, acuerdo, acta o documento
de constitución, fundación o creación, según establezca la legislación específica aplicable, en el caso de personas jurídicas o entidades sin
personalidad jurídica los poderes de representación de la sociedad. Aporto copia de escrituras y sus estatutos, acuerdo, acta o documento de
constitución, fundación o creación, según establezca la legislación.
 Me opongo a que se solicite y recabe de otros organismos públicos la comprobación de los poderes de representación de la sociedad.
Aporto copia del poder del representante legal de la empresa.
En ausencia de oposición expresa por parte de la persona interesada, o de una ley especial que requiera su consentimiento expreso, el órgano
gestor del procedimiento, estará autorizado para obtener directamente los datos de los documentos elaborados por cualquier administración.