Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2024061537)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de tres becas de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos ámbitos de protección de los consumidores en Extremadura para el año 2024/2025.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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En la notificación que se practique a los seleccionados se indicará la fecha de inicio del
disfrute de la beca y la ubicación en la que se desarrollará la misma. Asimismo, la lista
definitiva de personas beneficiarias de las becas se publicará en el tablón de anuncios del
INCOEX, en su página web, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Extremadura.
De igual modo y en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se dará publicidad en el Portal de Transparencia de la Junta
de Extremadura.
7. L
 a concesión de estas becas será resuelta y notificada, en la forma establecida en el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de Racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, por la persona titular de la Dirección General del INCOEX en el
plazo máximo de tres meses a contar a partir de la publicación de la presente resolución de
convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de notificación de la resolución
expresa legitima al interesado para entenderla desestimada por silencio administrativo.
Frente a la resolución expresa o presunta del procedimiento, el interesado podrá interponer
los recursos que procedan, de conformidad con la normativa vigente.
8. La persona titular de la Jefatura de Servicio de Control de Mercados del INCOEX, remitirá
a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la resolución de la convocatoria, comunicación indicando las
personas beneficiarias, así como el plazo de duración de las becas. Idéntica comunicación
deberán realizar en caso de prórroga de las mismas.
Sexto. Criterios de valoración y ponderación.
1. La selección de los aspirantes a la concesión de estas becas se hará a través de un proceso
compuesto de dos fases:
a) La primera fase consistirá en la valoración y evaluación por parte de la Comisión de
Valoración de la documentación presentada por los solicitantes, tanto de la titulación
requerida como de la formación complementaria o experiencia laboral anterior.
b) La segunda fase consistirá en una entrevista personal, a la que serán convocados aquellos solicitantes que en la primera fase obtengan mayor puntuación, hasta un máximo
de 5 aspirantes, los cuales serán requeridos por la Comisión de Valoración mediante
notificación que se les dirigirá al efecto, indicándoles la fecha y lugar en los que tendrá
lugar la citada entrevista.