Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2024061537)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de tres becas de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos ámbitos de protección de los consumidores en Extremadura para el año 2024/2025.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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al reintegro la persona beneficiaria de la beca y como criterios de graduación, los meses
completos percibidos y el trabajo desarrollado por el mismo en ese periodo de tiempo.
3. En caso de revocación de la beca, podrá seleccionarse al primero de los aspirantes de la
lista de espera a que se refiere el Resuelvo undécimo de esta resolución.
Décimo. Suspensión temporal y renuncia.
1. E
 n caso de que alguna de las personas beneficiarias de estas becas realice alguna actividad
laboral que suponga incompatibilidad con la obtención de las mismas, deberá solicitar la
suspensión temporal en el disfrute de la beca y en la realización del proyecto correspondiente, dejando de percibir durante ese tiempo la retribución correspondiente al disfrute de
la misma. El tiempo máximo de suspensión será de dos meses por año.
2. En caso de renuncia a la beca podrá seleccionarse al primero de los aspirantes de la lista
de espera a que se refiere el siguiente del resuelvo de la presente resolución.
Undécimo. Lista de espera.
Con los aspirantes que, reuniendo los requisitos necesarios para obtener las becas objeto de
la presente convocatoria, no hayan obtenido la puntuación suficiente para ser beneficiario o
beneficiaria de la mismas, se formará una lista de espera, de la que podrán ser llamados para
suplir la vacante ocasional que pudiera producirse, según su orden de puntuación.
Duodécimo. Prórroga.
1. L
 a persona beneficiaria de la beca que pretendan optar a la prórroga de la misma de acuerdo a lo dispuesto en esta resolución, deberá presentar, en el periodo comprendido entre
uno y dos meses antes de la finalización de la beca, la correspondiente solicitud, acompañada de una memoria de las actuaciones realizadas hasta esa fecha, así como de las que
se pretendan realizar a lo largo del año para el que se solicita la prórroga.
2. A la vista de esta documentación, la persona titular de la Jefatura de Servicio de Control
de Mercados del INCOEX elevará una propuesta de prórroga a la persona titular de la Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura, en la que se recogerá el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la beca por parte de la persona beneficiaria, la
importancia del mantenimiento de las líneas de investigación dentro de los proyectos de
gasto y la existencia de la correspondiente dotación presupuestaria. Antes de la finalización
de la beca, la persona titular de la Dirección General del Instituto de Consumo, dictará resolución que será notificada al interesado.