Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Administración Electrónica. (2024061529)
Resolución de 30 de abril de 2024, del Consejero, por la que se crea el sello electrónico "Registro de Formación de la Escuela de Administración Pública" para su utilización por la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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Miércoles 8 de mayo de 2024

Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, atribuye a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, las
competencias en materia de política tecnológica de carácter corporativo y administración
electrónica.
De conformidad con todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero. La creación del sello electrónico denominado “Registro de Formación de la Escuela
de Administración Pública”.
a) Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable serán
las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad, aprobado por el Real Decreto
4/2010, de 8 de enero, y de la Política de Firma Electrónica y Certificados de la Administración General del Estado, y más concretamente las que constan en la Declaración
de Prácticas del correspondiente emisor del certificado como prestador cualificado de
servicios electrónicos de confianza.
La verificación del certificado podrá realizarse a través del servicio VALIDe de la plataforma de validación de certificados de la Administración General del Estado, que estará
accesible desde la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura y la futura
sede electrónica asociada. No obstante, se podrá acceder directamente al citado servicio en la siguiente dirección electrónica: https://valide.redsara.es/valide
b) La responsabilidad de su utilización corresponderá a la Dirección General de Función
Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Segundo. Este sello electrónico será utilizado como sistema de firma para las actuaciones
administrativas automatizadas establecidas en el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y que así se determinen por resolución del órgano
directivo que tenga atribuida la competencia material sobre la actuación que se pretende
automatizar.
Tercero. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y surtirá
efectos desde el mismo día de su publicación. Igualmente será objeto de publicación en las
sedes electrónicas de la Junta de Extremadura.
Mérida, 30 de abril de 2024.
El Consejero de Economía, Empleo y
Transformación Digital,
GUILLERMO SANTAMARÍA GALDÓN
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