Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Administración Electrónica. (2024061529)
Resolución de 30 de abril de 2024, del Consejero, por la que se crea el sello electrónico "Registro de Formación de la Escuela de Administración Pública" para su utilización por la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2024, del Consejero, por la que se crea
el sello electrónico "Registro de Formación de la Escuela de Administración
Pública" para su utilización por la Consejería de Hacienda y Administración
Pública. (2024061529)
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé en su artículo
40 el uso de sellos electrónicos basados en certificados electrónicos que reúnan los requisitos
exigidos por la legislación de firma electrónica, para la identificación y la autenticación del
ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada.
Así, la Ley define en su artículo 41 la actuación administrativa automatizada como cualquier
acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido
de manera directa un empleado público y prevé en su artículo 42 los sistemas de firma para
dicha actuación administrativa automatizada, especificando que cada Administración Pública
podrá determinar los supuestos de utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica, bien sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad
de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los
requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica, bien Código seguro de verificación
vinculado a la Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de Derecho Público, en los términos y condiciones que se establezcan.
En el ámbito autonómico, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, permite igualmente ambos
sistemas de firma para las actuaciones administrativas automatizadas y determina en su artículo
40 que la creación de los sellos electrónicos se realizará por Resolución del titular de la Consejería competente en materia de administración electrónica, que se publicará en la sede electrónica
corporativa y en la que deberá constar el contenido que en dicho precepto se establece.
Con relación a la actividad de formación desarrollada por la Escuela de Administración Pública
de Extremadura, las actuaciones administrativas automatizadas en el sentido antes expuesto, son posibles ya que la tramitación de los cursos de formación se gestiona a través de un
aplicativo informático y mediante la aplicación de tecnologías de automatización basada en
determinados parámetros previamente configurados, siendo posible la expedición de los certificados acreditativos de la participación en las actividades formativas de los correspondientes
planes de formación, sin mediar ningún juicio de valor, logrando simplificar y automatizar el
proceso de obtención de los mismos para el colectivo de empleados públicos participantes en
los cursos de formación.
Por su parte, el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la