Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061521)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos para subvencionar la organización y el desarrollo de la XVIII Olimpiada de Lenguas Clásicas y la XV Olimpiada de Mundo Clásico en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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2. D
 icha aportación económica será abonada a la Sociedad Española de Estudios Clásicos de
la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, tres mil quinientos euros (3.500 €) a la firma del presente convenio,
cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y se hará efectivo por la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo
que resulte de su sistema contable.
b) Y el 50% restante, es decir, tres mil quinientos euros (3.500 €), cuando se aporte por
la Sociedad Española de Estudios Clásicos la justificación total de gastos establecida en
el punto cuarto de la presente estipulación, que si resultara en cantidad menor que la
aportación estipulada en el presente convenio conllevará la minoración de dicha diferencia de este segundo abono a efectuar, que se propondrá por la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional, haciéndose efectivo por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
3. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1 a), de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la S.E.E.C. está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
4. L
 a Sociedad Española de Estudios Clásicos justificará a la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional las cantidades invertidas mediante la presentación de copias electrónicas auténticas de las facturas y demás documentos acreditativos de los gastos y pagos
efectuados, antes del 15 de diciembre de 2024 junto a la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables los gastos realizados durante el ejercicio 2024.
Séptima. Compatibilidad.
La subvención prevista en este convenio será compatible con las concedidas por cualquier
Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Octava. Comisión de Seguimiento.
1. P
 ara la interpretación, aplicación, control y desarrollo de lo estipulado en el presente convenio, se constituye una Comisión de Seguimiento que estará presidida por el Secretaria
General de Educación y Formación Profesional e integrada por dos representantes de cada
una de las partes conveniantes.
2. S
 u funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como a los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que le sean de aplicación.