Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061521)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos para subvencionar la organización y el desarrollo de la XVIII Olimpiada de Lenguas Clásicas y la XV Olimpiada de Mundo Clásico en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
10 páginas totales
Página
NÚMERO 88

23526

Miércoles 8 de mayo de 2024

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y
FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS CLÁSICOS PARA SUBVENCIONAR LA
ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO DE LA XVIII OLIMPIADA DE LENGUAS
CLÁSICAS Y LA XV OLIMPIADA DE MUNDO CLÁSICO EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Mérida, 18 de abril de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Ilma. Sra. Dña. María Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación y
Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto
(DOE núm. 149, de 3 de agosto), en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución
de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE núm. 9, de 12 de enero).
De otra, D. Eugenio Ramón Luján Martínez, con NIF ***7456**, Presidente de la Sociedad
Española de Estudios Clásicos, con NIF G28715704, haciendo uso de la autorización que le
confiere el artículo 12 de los Estatutos de dicha Sociedad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Q
 ue el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. Q
 ue la Sociedad Española de Estudios Clásicos (S.E.E.C.) tiene entre sus fines la promoción
y difusión de los estudios clásicos en todos los aspectos, literarios, lingüísticos, históricos,
filosóficos, didácticos, etc., incluidos el humanismo y la tradición clásica desde la Edad
Media hasta nuestros días, que por su propia naturaleza son de carácter filantrópico, y la
colaboración con las instituciones nacionales y extranjeras que cultiven o fomenten estos
mismos estudios.
3. Q
 ue desde el año 2008, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Sociedad Es-