Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024061474)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de los Programas I y II de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

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expresa y notificar la resolución será de tres meses, a contar desde la fecha de publicación
de la correspondiente convocatoria y sus extractos en el Diario Oficial de Extremadura.
La resolución del procedimiento se notificará individualmente a las interesadas, de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto de bases reguladoras.
La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro del plazo máximo
para resolver, legitima a las interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, así como en el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. Las resoluciones de los expedientes instruidos no agotan la vía administrativa, según lo
previsto en los artículos 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 103 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y contra ellas podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. La interposición del mismo podrá llevarse a
cabo ante la Secretaría General de la Consejería, o ante la referida Consejera como órgano
competente para resolverlo, según lo dispuesto en el artículo 101.4 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero, y en los términos previstos los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Noveno. Financiación.
El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de 345.000,00 euros, con cargo
al Proyecto de Gasto 20220367 “Plan de Impulso a la Economía Social. Programas I y II”, de
los que 260.000,00 euros se destinarán a la financiación del Programa I, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/77000 CAG0000001, y 85.000,00 euros a la financiación del Programa II, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/47000
CAG0000001, a ejecutar en la anualidad 2024.
La cuantía de los créditos fijados en cada convocatoria podrá aumentarse hasta un 20 % de
la cuantía inicial o hasta la cuantía que corresponda cuando sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de
resolver su concesión sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Décimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
 a presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.